Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 63 de 3/8/1989

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

RESOLUCION de 20 de julio de 1989, de la Dirección General de Transportes, por la que se hace pública la aprobación de tarifas máximas de aplicación de la estación de autobuses de Jaén.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Auto-Estaciones, S.A., concesionaria de la explotación de la Estación de Autobuses de Jaén ha solicitado revisión de tarifas a esta Dirección General de Transportes.

La última revisión tuvo lugar por Resolución de 27 de julio de 1988, BOJA núm. 74 de 23 de septiembre del mismo año, por lo que el plazo transcurrido, de un año, justifica una nueva revisión. De acuerdo con lo previsto en el Reglamento de Régimen Interior para la Explotación de Estaciones de Autobuses de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por Orden de 8 de abril de 1980 (BOJA núm. 43 de 15 de mayo), en cuanto no resulta derogado por la Ley 16/87 de 30 de julio sobre Ordenación de los Transportes Terrestres y vista la propuesta que formula el Servicio de Inspección y Explotación Económica del Transporte, esta Dirección General,

H A R E S U E L T O

1. Aprobar el cuadro de tarifas máximas de aplicación de la Estación de Autobuses de Jaén, que a continuación se expone, con detalle de los conceptos por los que han de percibirse las mismas y con expresa advertencia de que tales tarifas habrán de ser incrementadas con su correspondiente IVA, sin que puedan ser recargadas con ningún otro gravamen.

A. Entrada y salida de autobuses60 ptas.

B. Alquiler de taquillas500 ptas./m2/mes. C. Entrada y salida de viajeros8 ptas.

D. Servicio de facturación:

Por kilogramo10 ptas.

Mínimo de percepción15 ptas.

E. Depósito de equipajes:

En consigna50 ptas./bulto

Demora/día20 ptas./bulto

F. Permanencia de autobuses en Estación:

Horario diurno100 ptas.

Horario nocturno225 ptas.

Discrecional nocturno800 ptas.

2. El cuadro de tarifas deberá obligatoriamente hallarse expuesto al público.

3. Las tarifas máximas de aplicación de la Estación de Autobuses de Jaén entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el BOJA.

Sevilla, 20 de julio de 1989.- El Director General, Manuel Ollero Marín.

Descargar PDF