Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 75 de 23/9/1989

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

RESOLUCION de 4 de agosto de 1989, sobre el documento complementario de la revisión-adaptación del plan general municipal de La Línea de la Concepción.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Examinado el documento de cumplimiento de la Resolución de esta Consejería relativa al Plan General Municipal de Ordenación de la Línea de la Concepción de 27 de noviembre de 1987, aprobado provisionalmente por el acuerdo plenario de 14 de abril de 1989, y elevado a esta Consejería en virtud de lo dispuesto en el art. 41.3 de la vigente Ley del Suelo y en cumplimiento de lo establecido en los apartados segundo y tercero de la citada Resolución.

Atendiendo a lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, aprobado por Real Decreto 1346/76 de 9 de abril, los Reglamentos que la desarrollan, la Resolución de esta Consejería de 27 de noviembre de 1987 y el Decreto 194/83, de 21 de septiembre por el que se regula el ejercicio de las competencias en materia de urbanismo por los órganos urbanísticos de la Junta de Andalucía.

Vistos los informes de la Dirección General de Puertos y Costas del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo, de la Comisión de Urbanismo de Andalucía y de la Dirección General de Urbanismo y en virtud de las facultades que me viene atribuidas a tenor de lo dispuesto en la letra c) del artículo 7 del Decreto 194/83 de 21 de septiembre en relación con lo establecido en los artículos 35 y 40 de la Ley del Suelo.

HE RESUELTO

Primero. Aprobar definitivamente el Documento de Cumplimiento de la Resolución al Plan General Municipal de La Línea de la Concepción de 27 de noviembre de 1987, por cuanto las determinaciones adoptadas por el Excmo. Ayuntamiento de la Línea se consideran acordes con las subsanaciones requeridas. No obstante, y atendiendo a lo dispuesto en la vigente Ley de Costas de 29 de julio de 1988 (Ley 22/88) y de acuerdo con el informe arriba mencionado de la Dirección General de Puertos y Costas, en lo relativo a la zona comprendida desde el Hito H-16 hasta el final del término municipal, Sector 14 d.01.01; las determinaciones del Plan habrán de ajustarse al nuevo deslinde del dominio público marítimo-terrestre actualmente en tramitación. En todo caso, el desarrollo de los sectores afectados habrán de ajustarse a las prescripciones de la citada Ley de Costas.

Segundo. El Ayuntamiento de la Línea de la Concepción introducirá las correcciones que se señalan en los párrafos 1, 2, 3 y 4.

1. En el estudio Económico-Financiero habrá de expresarse que la adjudicación de ejecución de los Sistemas Generales le corresponde a la Administración, así como eliminar del artículo 1.1.6 apartado 3 b) de la Normativa del Suelo Urbanizable Programado la referencia que se hace a la financiación, por parte de los particulares, a la urbanización de los Sistemas Generales y atribuir expresamente esa obligación a la Administración.

2. En el artículo 1.1.7, apartado 1.2a) se establecerá que el 10% del aprovechamiento medio es una cesión obligatoria y gratuita por parte de los particulares al Ayuntamiento, con independencia del Sistema de Actuación por el que se gestionen los suelos, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 84.3 Ley del Suelo.

3. En el artículo 1.1.8.1. Red Viaria, punto 3, Criterios de Diseño, debe fijarse una distancia mínima de 500 metros para conectar el viario local con la red básica.

4. En el artículo 1.1.8.3. Saneamiento, punto 2. Condiciones de vertidos en los apartados a) Vertidos al Subsuelo, c) Vertidos a arroyo y d) Vertidos al Mar, debe decirse claramente que estos vertidos irán previamente depurados.

Tercero. La presente Resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, a los efectos previstos en el artículo 56 del Texto Refundido de la Ley del Suelo y se notificará al Ayuntamiento de La Línea de la Concepción y a los interesados.

Contra la presente Resolución, definitiva en vía administrativa, cabe recurso de reposición ante el Consejero de Obras Públicas y Transportes en el plazo de un mes, contado a partir de la última publicación o en su caso notificación, y el contencioso administrativo que deberá interponerse ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla.

Sevilla, 4 de agosto de 1989.

JAIME MONTANER ROSELLO

Consejero de Obras Públicas y Transportes

Descargar PDF