Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 76 de 29/9/1989

1. Disposiciones generales

Consejería de Salud y Servicios Sociales

DECRETO 201/1989, de 26 de septiembre, por el que se modifica la estructura administrativa superior del Instituto Andaluz de Servicios Sociales.

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El Decreto 252/1988, de 12 de julio, de organización del Instituto que el mismo, a nivel central, se estructurará en las siguientes unidades administrativas superiores de gestión: a) Secretaría General, y b) Subdirección General de Gestión.

Vista la experiencia adquirida, y definitivamente encaminada la gestión administrativa del organismo, se hace necesario profundizar en las tareas de consolidación, para lo que es preciso la ampliación de la unidades administrativas superiores antes aludidas. En su virtud, a propuesta del Consejero de Salud y Servicios Sociales, con informe favorable de la Consejería de Hacienda y Planificación y la aprobación de la Consejería de Gobernación, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 26 de septiembre de 1989,

D I S P O N G O:

Artículo 1º. A nivel central, el I.A.S.S. queda estructurado en siguientes unidades administrativas superiores de gestión:

a) Secretaría General.

b) Subdirección General de Asuntos Económicos.

c) Subdirección General de Gestión.

Artículo 2º. En virtud de lo anterior, queda modificado el artículo

13º.1 del Decreto 252/1988; pasando a corresponder a la Subdirección General de Asuntos Económicos, a cuyo frente estará un Subdirector, las siguientes funciones:

a) Elaboración de la propuesta del anteproyecto de presupuestos, y gestión y seguimiento del mismo.

b) Administrar y gestionar los recursos patrimoniales del mismo.

c) Tramitar y gestionar la contratación administrativa así como la tramitación administrativa de la acción concertada y de los convenios que afecten al I.A.S.S.

d) Cualesquiera otras que se le encomienden o deleguen.

DISPOSICION FINAL

Se autoriza al Consejero de Salud y Servicios Sociales a dictar las disposiciones necesarias para la aplicación y desarrollo del presente Decreto, que entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 26 de septiembre de 1989

JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA

Y CAMOYAN

Presidente de la Junta de Andalucía

EDUARDO REJON GIEB

Consejero de Salud

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