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Visto el expediente incoado en esta Delegación cuya descripción se reseña a continuación, solicitando autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración, en concreto, de utilidad pública y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en los Capítulos III, del Decreto 2617/66, de 20 de octubre sobre autorización de instalaciones eléctricas, Decreto 2619/66, Ley 10/66, Reglamento de Líneas Eléctricas Aéreas de Alta Tensión de 28.11.68 de acuerdo con lo ordenado en la Ley de
24 de noviembre de 1939, sobre ordenación y defensa de la industria y vistas las funciones que nos competen, según el apartado 9 del artículo 2º del R.D. 1091/81, de 24 de abril (BOE de 11-6-81), sobre traspaso de competencias, funciones y servicios a la Junta de Andalucía en materia de industria y energía; y el artículo 5º del Decreto de la Presidencia de la Junta de Andalucía 3.8.81 (BOE de 2.12.81), sobre distribución de tales competencias.
Esta Delegación Provincial ha resuelto autorizar administrativamente, y aprobar el proyecto de ejecución de la siguiente instalación eléctrica:
Peticionario: Compañía Sevillana de Electricidad, S.A. Domicilio: Granada. Escudo del Carmen, 31. LINEA ELECTRICA
Origen: Apoyo, s/n línea Sub. Pinos Puente-Olivares. Final: Apoyo nº 12 de la misma línea y C.T. en Tiena. Términos municipales afectados: Moclín.
Tipo: Aéreas.
Longitud en Km.: 1,646 y 0,378.
Tensión de servicio: 20 kv.
Conductores: Al. Ac de 54,6 mm2.
Apoyos: Metálicos.
Aisladores: Cadena 3 elementos.
Potencia de transportar: 68989 Kva.
Procedencia de los materiales: Nacionales. Presupuesto: 4.454.400 pesetas.
Finalidad: Suministro de energía eléctrica a Polígono de Viviendas del MOPU.
Referencia: 4313/A.T.
Las obras se ajustarán en lo que no resulte modificado por la presente resolución o por las pequeñas variaciones que, en su caso, puedan ser autorizadas, al proyecto presentado, con las obligadas modificaciones que resulten de su adaptación a las instrucciones de carácter general y Reglamentos vigentes, quedando sometidas las instalaciones a la inspección y vigilancia de esta Delegación Provincial. Se observarán los condicionados emitidos por la Excma. Diputación Provincial de Granada y Telefónica de España, S.A. El plazo de puesta en marcha será de seis meses. El peticionario dará cuenta por escrito del comienzo y terminación de las obras, a efectos de reconocimiento y extensión del acta de puesta en marcha.
Declarar en concreto, la utilidad pública de la instalación que se autoriza a los efectos que determina la Ley 10/66, de 18 de marzo, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas y su Reglamento aprobado por Decreto 2619/66, de 20 de octubre.
Granada, 11 de octubre de 1989.- El Delegado, José A. Pérez de Rueda.
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