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Al objeto de conseguir una mayor agilidad y eficacia en la tramitación de los expedientes de contratación, se ha constatado la necesidad de delegar ciertas funciones en el Director Técnico y en el de Planificación. Por ello, en virtud de las atribuciones que tengo conferidas,
HE RESUELTO:
Unico. Delegar en el Director Técnico y en el de Planificación, en los asuntos de sus respectivas competencias, las siguientes funciones:
1. La aprobación técnica de los proyectos de obra y mejora y de actuaciones forestales.
2. La designación del Facultativo Director de la obra en los contratos de obra y del Director del Trabajo en los contratos de asistencia técnica y trabajo específico.
Sevilla, 16 de octubre de 1989.? El Director, Tomás de Azcárate y Bang.
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