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Ilmo. Sr.
La Orden de esta Consejería de 2 de agosto de 1989, publicada en el BOJA número 65 de 11 de agosto, dispuso el cumplimiento de la Sentencia de 2 de mayo de 1989 del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía dictada en el recurso contencioso administrativo núm. 3231/86 seguido a instancia de D. Rafael Albalá Gómez y relativo al concurso de asentamientos de la zona regable de Genil-Cabra.
Posteriormente, la Sala de lo Contencioso Administrativo de dicho Trivunal Superior ha dictado providencia de fecha 20 de septiembre de
1989, acordando la anulación de la firmez de dicha sentencia. En consecuencia, esta Consejería dispone: Se anula la Orden de esta Consejería de 2 de agosto de 1989 por la que se acordó dar cumplimiento a la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de 2 de mayo de 1989 recaída en el recurso contencioso administrativo nº 3231/86.
Sevilla, 19 de octubre de 1989.
MIGUEL MANAUTE HUMANES
Consejero de Agricultura y Pesca
Ilmo. Sr. Presidente del I.A.R.A.
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