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Esta Dirección General, atendiendo a la Resolución del Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones de 28 de diciembre de 1988 y en uso de las facultades que le otorga el Decreto 30/82 de 22 de abril (BOJA de
15 de junio) por el que se regula el ejercicio de competencias en materia de transportes por la Junta de Andalucía, con fecha 25 de abril de 1989 autorizó la transferencia a favor de Transportes Alsina Graells Sur, S.A. del tramo Almería-Berja Ugíjar, segregado de la concesión V-3162 Ugíjar-Estación de Calasparra de Renfe y asimismo su simultánea integración en la concesión V-3117: JA-320, Almería-Granada-Málaga, de titularidad de Transportes Alsina Graells Sur, S.A., como hijuela-desviación entre El Ejido y Ugíjar, por Berja, Benínar, Darical y Lucainena, con arreglo a la L.O.T.T. y demás disposiciones de transportes actualmente en vigor y, entre otras, a las siguientes condiciones particulares:
ITINERARIO, CALENDARIO Y FRECUENCIA DE LAS EXPEDICIONES
Almería-Ugíjar por Beninar, Darrical y Lucainena. Paradas obligatorias: Almería, Aguadulce, Venta Cazurro, El Ejido, Dalías, Berja, Beninar, Darrical, Lucainena y Ugíjar. Laborables: 2 expediciones completas.
Domingos y Festivos: 1 expedición completa.
Santa María del Aguila-Berja.
Paradas obligatorias, Santa María del Aguila, El Ejido, Dalías y Berja. Laborables: 1 expedición completa.
Almería-Dalías.
Paradas obligatorias: Almería, Aguadulce, Venta Cazurro, El Ejido y Dalías. Lunes a viernes
laborables: 2 expediciones completas.
Almería-Berja.
Paradas obligatorias: Aguadulce, Santa María del Aguila, El Ejido, Dalías y Berja.
Laborables: 5 expediciones completas. Domingos y Festivos: 1 expedición completa.
TARIFAS
Las mismas del servicio base, V-3117: JA-320. Lo que se publica una vez cumplimentados los requisitos a que se condicionó dicha autorización.
Sevilla, 27 de septiembre de 1989.- El Director General, Manuel Ollero Marín.
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