Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 91 de 14/11/1989

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Consejería de Cultura

RESOLUCION de 19 de octubre de 1989, de la Dirección General de Bienes Culturales, por la que se acuerda abrir trámite de información pública en relación con la expropiación forzosa del edificio denominado Balneario de Nuestra Señora de la Palma y del Real de la ciudad de Cádiz.

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El Decreto 163/1989, de 4 de julio, declara de Interés Social, a efectos de expropiación forzosa, la conservación, mantenimiento y uso adecuado del edificio denominado Balneario de Nuestra Señora de la Palma y del Real, de la ciudad de Cádiz.

El citado edificio se encuentra en estado de total abandono y ha sido declarado en ruina inminente por el Excmo. Ayuntamiento de Cádiz, existiendo un evidente riesgo de destrucción del inmueble, así como peligro físico para las personas, por lo que debiendo afrontarse con la mayor urgencia de las obras necesarias que eviten la destrucción del edificio, se hace necesario practicar la preceptiva información pública como trámite previo a la declaración de urgente ocupación del inmueble, de acuerdo con lo establecido en el artículo 52 de la vigente Ley de Expropiación Forzosa y 56 de su Reglamento. Por ello, esta Dirección General en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5 del Decreto 12/1985, de 22 de enero de Estructura Orgánica de la Consejería de Cultura, en relación con el artículo 6 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español,

ACUERDA

Primero. Abrir trámite de información pública por un plazo de 15 días, a contar desde la última publicación de la presente Resolución, durante el cual los propietarios y titulares de derechos afectados, podrán alegar lo que a su derecho convenga.

Segundo. Delegar las competencias y actuaciones que correspondan a esta Dirección General en el presente expediente expropiatorio en el Ilmo. Sr. Delegado Provincial de la Consejería de

Cultura en Cádiz.

Tercero. La presente Resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, en los diarios de mayor circulación de la Provincia, y se comunicará al Ayuntamiento de Cádiz para que la fije en su tablón de anuncios.

Cuarto. Los afectados dirigirán sus alegaciones al Ilmo. Sr. Delegado Provincial de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía en Cádiz, Plaza de España, 19, Cádiz, pudiendo presentarlas directamente en el Registro de la mencionada Delegación o por cualquiera de los cauces previstos en el artículo 64 de la vigente Ley de Procedimiento Administrativo.

INMUEBLE AFECTADO

Edificación en la calle Duque de Nájera, número tres, antes sin número en la Avenida Primo de Rivera, conocida con el nombre de "Balneario de Nuestra Señora de La Palma", antes del Real, destinado para utilizar los baños de mar en la playa de la Caleta, Linda a la derecha entrando al Norte, y a la izquierda al Sur, con terrenos de uso público situados entre la zona marítimo-terrestre y la citada Avenida; al fondo o sea al Oeste, lo delimita la citada playa de la Caleta; teniendo su frente al Este, en la repetida Avenida, donde se halla situada su puerta de entrada. Esta finca constituye un edificio aislado que ocupa en su parte edificada una extensión superficial de mil quinientos cuarenta y cuatro metros cuadrados. Tiene una fachada de treinta y ocho metros de longitud paralela a la Avenida de su situación, delante de la cual existe un amplio pasadizo que permite al acceso desde la expresada vía pública; el vestíbulo central comunica por la puerta del fondo con el llamado salón de fiestas y por sus dos puertas laterales con las cabinas destinadas a baños de agua caliente; el salón de fiestas comunica a su vez con una amplísima terraza situada frente al mar, dando acceso en sus lados laterales a una galería de forma curva con veintitrés pequeñas habitaciones situadas en el ala derecha y a otra galería de igual figura situada en el ala izquierda con veintiuna habitaciones de la misma amplitud. Adosados al lado Norte de la terraza hay dos pabellones destinados a almacenes y otros dos al lado Sur destinados a cocina y despensa; las dos galerías citadas terminan en esbeltas torres, destinadas a servicios de duchas.

La finca se encuentra gravada:

I) Con una hipoteca constituida a favor del Banco Hipotecario de España, S.A., para garantizar un préstamo de ocho millones de pesetas de principal, sus intereses de tres años al 8,25% anual y cuatrocientas mil pesetas para costas y gastos.

II) La finca está afecta conforme a la Orden del Ministerio de Hacienda de 2 de julio de 1964 al reintegro al Tesoro Público de los beneficios otorgados a Don José Paredes González de la Torre -para constituir sociedad- el cual constituyó la Sociedad Balneario de la Palma, S.A., dueña de la finca, por acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 6 de julio de 1979.

La citada finca fue vendida por la Compañía Mercantil "Balneario de la Palma, S.A." a Don Juan Plazuelo Núñez, según se acredita mediante copia simple de la escritura de compraventa, no existiendo constancia en el Registro de la Propiedad de Cádiz.

Sevilla, 19 de octubre de 1989.- El Director General, José Guirao Cabrera.

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