Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 93 de 21/11/1989

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ORDEN de 27 de octubre de 1989, por la que se subvenciona al Ayuntamiento de Cádiz, con la cantidad de treinta millones quinientas mil pesetas, con destino a la ejecución del Programa Andalucía-92.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Ilmos. Sres.:

A la vista del expediente instruido por la Secretaría General Técnica en ejecución del Convenio de Cooperación entre la Junta de Andalucía y el Excmo. Ayuntamiento de Cádiz por el que se establece al alcance y desarrollo del Programa Andalucía 92 para la ciudad de Cádiz constando entre otros extremos, la necesidad de financiar al citado Ayuntamiento, con base en las actuaciones definidas por las Comisiones de Desarrollo y Seguimiento de este Programa, y atendiendo a lo establecido en el Artículo

18, párrafo 3º de la Ley 10/87, de Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el ejercicio 1989, en relación con el carácter específico de la subvención por razón de su objeto y en virtud de las facultades otorgadas por el Artículo 10-b de la Ley General 5/1983 de 19 de julio, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma Andaluza, por esta Consejería se ha resuelto lo siguiente:

Primero: Conceder una subvención de Treinta millones quinientas mil (30.500.000 Pts) pesetas, al Ayuntamiento de Cádiz, con la finalidad de financiar la actuación denominada Adquisición de Edificios históricos para equipamientos. Compra edificio en calle San Miguel nº 17.

Segundo: El importe de la subvención no podrá ser destinado a finalidad ni actividad distinta de la indicada en el punto anterior. Su incumplimiento obligará a la devolución de los fondos percibidos.

Tercero: El abono de la subvención se hará efectivo en un único libramiento de cuya recepción se acusará recibo, aportándose por el Ayuntamiento en el plazo de 15 días, certificación de la Intervención, conforme a lo establecido en el Artículo 38 del Reglamento de la Intervención de la Junta de Andalucía (Decreto 149/88, de 5 de abril, BOJA nº 45 de 10 de junio), en relación con el Artículo 53.4 de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Para proceder al abono de la subvención será necesaria la presentación de certificación del Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento aprobando la adquisición.

La justificación de la inversión realizada habrá de efectuarse en el plazo de tres meses a partir de la recepción de la subvención, mediante aportación de copia simple de la escritura pública de compraventa.

Cuarto: La presente Orden se hará pública en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para general conocimiento.

Lo que comunico a VV.II. para su conocimiento, notificación al Ayuntamiento de Sevilla y demás efectos.

Sevilla, 27 de octubre de 1989.

JAIME MONTANER ROSELLO

Consejero de Obras Públicas y Transportes

Ilmos. Sres.: Viceconsejero, Secretario General Técnico y Delegado Provincial de Sevilla.

Descargar PDF