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En el recurso contencioso-administrativo número 1209/87, seguido a instancia de don Agustín Mirón Sánchez, contra resolución del Secretario General Técnico de la Consejería de Salud y Consumo de 5 de febrero de
1987, desestimatoria del recurso de reposición contra otra de 15 de diciembre de 1986, sobre jubilación forzosa de Veterinario Titular, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, ha dictado sentencia con fecha 30 de marzo de 1989, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
"Fallamos: Desestimar el recurso interpuesto por don Agustín Mirón Sánchez y confirmamos la resolución administrativa impugnada, en cuanto declaraba la jubilación forzosa, por edad, del funcionario demandante, salvando el derecho de éste de formular ante el Consejo de Ministros la reclamación por indemnización de perjuicios que pudiera haberse derivado de dicho acto. Sin costas".
En su virtud, esta Consejería, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y 103 y siguientes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo, para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la expresada Sentencia.
Sevilla, 10 de noviembre de 1989
EDUARDO REJON GIEB
Consejero de Salud y Servicios Sociales
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