Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 99 de 15/12/1989

3. Otras disposiciones

Consejería de Fomento y Trabajo

RESOLUCION de 23 de noviembre de 1989, de la Delegación Provincial de Granada, autorizando el establecimiento de la instalación eléctrica que se cita.

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Visto el expediente incoado en esta Delegación cuya descripción se reseña a continuación solicitando autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración, en concreto, de utilidad pública, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en los Capítulos III, del Decreto 2617/66, de 20 de octubre sobre autorización de instalaciones eléctricas, Decreto 2619/86, Ley 10/66 de acuerdo con lo ordenado en la Ley de 24 de noviembre de 1939, sobre ordenación y defensa de la industria y vistas las funciones que nos competen, según el apartado 9 del artículo

2º del R.D. 1091/81, de 24 de abril (BOE de 11.6.81), sobre traspaso de competencias, funciones y servicios a la Junta de Andalucía en materia de industria y energía; y el artículo 5º del Decreto de la Presidencia de la Junta de Andalucía de 3.8.81 (BOE de 2.12.81), sobre distribución de tales competencias.

Esta Delegación Provincial ha resuelto autorizar administrativamente y aprobar el proyecto de ejecución de la siguiente instalación eléctrica: Peticionario: Compañía Sevillana de Electricidad, S.A. Domicilio: Granada, Escudo del Carmen 31. LINEA ELECTRICA

Origen: C.T. 20/15 KV Subestación 66 KV Central El Duque. Final: Apoyo nº

6 en Núcleos "Los Carrascos". Términos municipales afectados: Pampaneira y Orgiva. Tipo: aérea. Longitud en km.: 1,098. Tensión de servicio: 15/20 KV. Conductores: Al. Ac. de 54,6 mm2. Apoyos: Metálicos. Aisladores: Cadena 3 elementos. Potencia a transportar: 5.000 KVA. Procedencia de los materiales: nacionales. Presupuesto: 2.185.251 pesetas. Finalidad: Suministro de energía eléctrica a núcleo Los Carrascos. Referencia:

3760/AT.

Las obras se ajustarán en lo que no resulte modificado por la presente resolución o por las pequeñas variaciones que, en su caso, puedan ser autorizadas, al proyecto presentado, con las obligadas modificaciones que resulten de su adaptación a las instrucciones de carácter general y Reglamentos vigentes, quedando sometidas las instalaciones a la inspección y vigilancia de esta Delegación Provincial. Se observarán los condicionados emitidos por la Confederación Hidrográfica del Sur y el Ayuntamiento de Pampaneira. El plazo de puesta en marcha será de seis meses. El peticionario dará cuenta por escrito del comienzo y terminación de las obras, a efectos de reconocimiento y extensión del acta de puesta en marcha.

Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación que se autoriza a los efectos que determina la Ley 10/66, de 18 de marzo, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas y su Reglamento aprobado por Decreto 2619/66, de 20 de octubre.

Granada, 23 de noviembre de 1989.- El Delegado, José A. Pérez de Rueda.

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