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La Orden de esta Consejería de 8 de noviembre de 1989, regula subvenciones a favor de Asociaciones acogidas a la Ley 191/1964, de 24 de diciembre, a fin de realizar estudios e investigaciones en materia financiera y tributaria.
Visto el expediente instruido y la propuesta que formula al efecto la Dirección General de Tributos e Inspección Tributaria y, una vez ponderados el arraigo y prestigio social del Excmo. Ateneo de Sevilla, peticionario de las subvenciones convocadas, así como la calidad de los trabajos que dicha Asociación viene realizando, los servicios desinteresados que presta a la sociedad andaluza y sevillana, su carácter cultural y su capacidad para emitir estudios de naturaleza científica, que se pone de manifiesto en su estructura orgánica en secciones especializadas, tales como la Sección de Ciencias Políticas y Económicas, y en la elevada cualificación profesional de sus miembros,
D I S P O N G O :
1º. Subvencionar al Excmo. Ateneo de Sevilla, por importe de 1.500.000 ptas., a fin de que realice trabajos sobre las materias "Capacidad financiera de las Corporaciones Locales", "Tutela financiera de la Comunidad Autónoma de Andalucía" y "Disposición Adicional 4a de la Ley
8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos".
2º. El citado importe se abonará a la Asociación concesionaria con cargo a la aplicación presupuestaria 9.14.01.481.00.000 del Presupuesto de esta Consejería para 1989, una vez publicada la subvención concedida en la forma prevista en la Ley 10/1988, de 29 de diciembre, de Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1989, debiendo la concesionaria justificar la realización de los trabajos en la forma y plazo establecidos en el apartado 5º de la citada Orden de esta Consejería mediante la entrega de los mismos a la Dirección General de Tributos e Inspección Tributaria.
Sevilla, 11 de diciembre de 1989
ANGEL OJEDA AVILES
Consejero de Hacienda y Planificación
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