Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
A la vista de lo previsto en la Disposición Derogatoria Segunda Tres de la Ley 4/1988 de 5 de julio, se hace necesario proceder a la devolución de los derechos de examen de los aspirantes en las convocatorias que se citan, por cuanto esta Dirección-Gerencia,
R E S U E L V E:
Ordenar la devolución de las cantidades satisfechas en concepto de derechos de examen a los concursantes de las pruebas de selección convocadas mediante las Resoluciones de 22 de septiembre de 1988 (BOJA núm. 75, de 27 de septiembre de 1988) y Resolución de 4 de octubre de 1988 (BOJA núm. 81, de 14 de octubre de 1988) todas ellas del Servicio Andaluz de Salud.
Sevilla, 26 de abril de 1989. El Director-Gerente, Francisco Salamanca Poyato.
Descargar PDF