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Ilmos. Sres.:
De conformidad con lo dispuesto en la Orden de esta Consejería de fecha
3 de marzo de 1989, Capítulo II, reguladora del régimen de concesión de ayudas a las corporaciones locales, en relación con lo dispuesto en el art. vigésimo segundo de la Ley 10/88, de 29 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma para el ejercicio 1989, esta Consejería ha resuelto conceder subvención al Ayuntamiento de Sanlúcar de Barrameda (Cádiz), por importe de 6.400.000 ptas., para el Plan Especial de Rehabilitación del Centro Histórico.
Lo que se publica como extracto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, a los efectos de publicidad y a cuantos otros procedan. Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento.
Sevilla, 24 de noviembre de 1989
JAIME MONTANER ROSELLO
Consejero de Obras Públicas y Transportes
Ilmos. Sres.: Viceconsejero, Secretario General Técnico y Director General de Urbanismo.
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