Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 101 de 5/12/1990

1. Disposiciones generales

Consejería de Economía y Hacienda

DECRETO 357/1990, de 16 de octubre, por el que se acepta la donación a la Comunidad Autónoma de Andalucía, por el Ayuntamiento de Maracena (Granada), de un inmueble con destino a Centro para la tercera edad.

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Por el Ayuntamiento de Maracena (Granada), ha sido ofrecido a la Comunidad Autónoma de Andalucía un inmueble sito en su término municipal, C/ Horno n. 21, de 618 m2 de superficie total, con destino a su adaptación para Centros de la Tercera Edad.

Por la Consejería de Asuntos Sociales, a través del Instituto Andaluz de Servicios Sociales, se considera de interés la aceptación de la referida donación.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 16 de octubre de 1990,

DISPONGO:

Artículo 1. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 80 de la Ley

4/86, de 5 de maypo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la donación ofrecida por el Ayuntamiento de Maracena (Granada), del inmueble sito en su término municipal, c/ Horno n. 21, de 618 m2 de superficie total, de los que 216 m2 están edificados, Linda: derecha entrando, C/ San Luis; izquierda, C/ Miguel Angel; espalda, bloque de viviendas n. 3 de la C/ San Luis; y frente, C/ Horno. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Granada (núm. 5), inscripción 7. de la finca n. 1.872, folio 92, vuelto del libro 44 de Maracena. Libre de cargas.

Artículo 2. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley del Patrimonio, el inmueble deberá incorporarse al Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, una vez inscrito a su nombre en el Registro de la Propiedad, para su ulterior afectación por la Consejería de Economía y Hacienda a la de Asuntos Sociales, Instituto Andaluz de Servicios Sociales, que lo destinará a la instalación de un Centro para la Tercera Edad.

Artículo 3. Por la Consejería de Economía y Hacienda, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto se dispone en el presente Decreto.

Sevilla, 16 de octubre de 1990

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

JAIME MONTANER ROSELLO

Consejero de Economía y Hacienda

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