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Con carácter informativo y a efectos de insistir en lo establecido en el Art. 9 de la Orden antes mencionada, he resuelto publicar la relación de subvenciones que se detallan en el anexo adjunto. Todas las subvenciones relacionadas en el anexo, fueron notificadas en su día a los interesados, concediéndoles los recursos pertinentes, por lo que se consideran firmes, a excepción de aquellas que fueron recurridas en su momento oportuno.
Asimismo se señala que el importe de las subvenciones puede ser modificado e incluso anulado, si la inversión para la que se concedió no se ha cumplido en los términos previstos.
Almería, 10 de octubre de 1990.- El Delegado, Manuel Requena García.
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
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