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El Decreto de la Consejería de Gobernación 202/1989, de 3 de octubre, crea el Plan de Barriadas de Actuación Preferente, definiendo a lo largo del mismo los obejetivos y funciones a realizar con dicho Plan, así como su financiación, incluyendo en su Disposición Transitoria Primerao la Barriada de Cartuja-Almajáyar dentro del Plan de preferencia. Por otra parte, la Orden de la Consejería de Gobernación de 4 de octubre de 1989, por la que se desarrolla el Decreto 202/1989, delega en los Delegados de Gobernación la concesión de subvenciones hasta una cuantía máxima de 10.000.000 de pesetas.
En uso de las atribuciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13.4 de la Ley 2/1990, de 6 de febrero, de Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1990,
DISPONGO:
Primero. Se hace pública la relación de subvenciones concedidas por esta Delegación al amparo del Decreto 202/89, de 3 de octubre, que figura en el Anexo a la presente Resolución.
Segundo. Las Entidades beneficiarias quedan obligadas al cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 41 del Reglamento de Intervención de la Junta de Andalucía, en cuanto a la justificación de la subvención recibida.
Granada, 25 de octubre de 1990.- El Delegado, Juan Santaella López.
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
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