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El Decreto de la Consejería de Gobernación 117/89, de 31 de mayo, regula el procedimiento de concesiones a Corporaciones Locales y a Entidades sin ánimo de lucro, que realicen actividades relacionadas directamente con las competencias que tiene asignadas esta Consejería. La Orden de 2 de junio de 1989 delega en los Delegados de la Consejería la competencia de otorgar dichas subvenciones hasta una cuantía de
1.000.000 de pesetas.
En uso de las atribuciones conferidas y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13.4 de la Ley 2/1990, de 6 de febrero, de Presupuesto de la Comunida Autónoma de Andalucía para 1990,
DISPONGO
Primero. Se hace pública la relación de subvenciones concedidas al amparo del Decreto 111/89, de 31 de mayo, que figura en el Anexo a la presente Resolución.
Segundo. Las Corporaciones y Entidades beneficiarias quedan obligadas al cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2º del citado Decreto.
Granada, 26 de octubre de 1990.- El Delegado, Juan Santaella López.
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
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