Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 107 de 31/12/1990

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

ORDEN de 19 de diciembre de 1990, por la que se subvenciona la operación de crédito contraída por la Diputación Provincial de Córdoba, con el Banco de Crédito Local para financiar obras municipales incluidas en conciertos con el INEM y afectas al PER 1990.

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Por la Excma. Diputación Provincial de Córdoba, de conformidad con el Decreto 200/1990. de 17 de julio, por el que se regula la concesión de subvenciones por esta Consejería a las Diputaciones Provinciales que durante el ejercicio de 1990, contraigan deudas con el Banco de Crédito Local de España, para financiar Obras Municipales incluidas en conciertos con el INEM y afectas al PER, se ha solicitado de esta Consejería la correspondiente subvención al amparo de lo establecido por el art. 4. del Decreto citado y, de acuerdo con los Convenios suscritos entre la Junta de Andalucía, el Banco de Crédito Local de España y las Diputaciones Provinciales, y entre la Junta de Andalucía y la Excma. Diputación Provincial de Córdoba.

La documentación remitida por dicha Entidad Provincial, a la que une las Certificaciones pertinentes, acreditan reunir los requisitos exigidos por el Decreto 200/1990, de 17 de julio.

En su virtud, teniendo en cuenta las facultades que me confiere el art. 6. del Decreto mencionado y de conformidad con lo establecido por el art.

44.4, de la Ley 6/1983, del Gobierno y la Administración de esta Comunidad Autónoma:

DISPONGO

1. Subvencionar de acuerdo con lo solicitado por la Excma. Diputación Provincial de Córdoba, las cantidades que en concepto de amortización de capital, intereses y comisión, tenga que abonar al Banco de Crédito Local de España dicha Diputación, por los Proyectos y en la cuantía de capital del préstamo concertado, que se indican seguidamente:

Corporación Aportación Subv. Diput. Capital--. Local INEM Materiales Subvdo.J.A. =========================================================================.

ADAMUZ 13.297.240 6.648.619 5.163.318. ALCARACEJOS 14.198.916 7.000.000 5.436.200. ALMODOVAR 26.558.450 13.279.225 10.312.646. AÑORA 4.185.167 2.063.466 1.602.488. BAENA 48.182.163 23.594.366 18.323.385. BELMEZ 10.976.869 5.488.437 4.262.320. BENAMEJI 23.034.000 11.517.000 8.944.102. BUJALANCE 31.543.883 14.739.240 11.446.494. CABRA 27.353.300 13.676.649 10.621.286. CAÑETE DE LAS TORRES 11.787.593 5.893.797 4.577.123. CARCABUEY 11.421.428 5.710.714 4.434.940. CARLOTA, LA 26.950.000 13.347.200 10.365.436. CARPIO, EL 18.289.928 8.611.993 6.688.074. CONQUISTA 2.246.400 1.123.200 872.277. DOS TORRES 14.513.967 7.256.983 5.635.773. ENCINAS REALES 13.884.858 4.723.000 3.667.882. ESPEJO 8.621.838 4.310.919 3.347.860. ESPIEL 10.654.780 5.327.390 4.137.251. FERNAN NUÑEZ 17.089.782 8.544.891 6.635.962. FUENTE CARRETERO 10.580.193 5.290.096 4.108.289. FUENTE OBEJUNA 18.581.774 9.290.886 7.215.302. FUENTE TOJAR 6.416.314 3.208.157 2.491.455. GRANJUELA 5.557.500 2.778.750 2.157.977. GUADALCAZAR 5.050.352 2.525.176 1.961.052. GUIJO, EL 3.593.403 1.796.703 1.395.320. HINOJOSA DEL DUQUE 19.498.207 9.385.638 7.288.886. HORNACHUELOS 14.871.129 7.245.273 5.626.679. IZNAJAR 19.678.591 9.839.295 7.641.196. LUCENA 30.641.189 15.320.594 11.897.973. LUQUE 14.205.000 7.102.500 5.515.802. MONTALBAN 9.347.128 4.436.564 3.445.436. MONTEMAYOR 13.723.700 6.861.850 5.328.913. MONTILLA 32.961.576 14.215.056 11.039.412. MONTURQUE 12.068.800 6.034.400 4.686.315. MORILES 12.604.500 6.302.250 4.894.327. NUEVA CARTEYA 26.503.184 10.998.189 8.541.194. OBEJO 10.041.043 5.020.522 3.898.937. PALENCIANA 8.429.781 4.380.280 3.401.725. PALMA DEL RIO 37.118.880 18.559.440 14.413.261. PEDRO ABAD 11.570.103 5.785.051 4.492.671. PEDROCHE 2.535.956 1.268.044 984.763. PEÑARROYA-PUEBLONUEVO 21.375.417 10.687.706 8.300.072. POSADAS 25.819.200 12.909.600 10.025.595. POZOBLANCO 15.176.720 7.588.360 5.893.120. PRIEGO DE CORDOBA 56.695.403 28.347.697 22.014.821. PUENTE GENIL 34.836.231 17.418.112 13.526.906. RAMBLA, LA 12.942.289 6.471.145 5.025.491. RUTE 23.994.748 11.997.374 9.317.161. SAN SEBASTIAN DE LOS B. 7.256.961 3.628.480 2.817.878. SANTA EUFEMIA 10.111.500 5.055.750 3.926.295. TORRECAMPO 6.028.700 3.014.350 2.340.944. VALENZUELA 9.674.086 4.704.071 3.653.182. VALSEQUILLO 3.434.730 1.717.363 1.333.704. VICTORIA, LA 12.352.211 6.176.104 4.796.362. VILLAFRANCA 5.699.686 2.849.843 2.213.188. VILLAHARTA 5.752.009 2.876.004 2.233.505. VVA. DEL DUQUE 9.591.654 4.795.827 3.724.439. VILLAVICIOSA 12.980.880 6.490.440 5.040.476. ZUHEROS 10.877.086 5.441.990 4.226.249. DIPUTACION PROVINCIAL 16.637.090 8.318.545 6.460.182.

-----------------------------------------------------------------------. TOTAL 961.605.466 470.990.564 365.771.272. =======================================================================.

2. El Crédito concedido a la Excma. Diputación Provincial de Córdoba por el Banco de Crédito Local de España, subvencionado por la Junta de Andalucía en su 77,66%, se concierta por un período de amortización de trece años y uno de carencia, a un interés de 13,50%.

3. Los desajustes que se produjeren en la aprobación parcial de estos proyectos Municipales, quedarán normalizados en la valoración definitiva que de los mismos se hagan, conforme con el art. 3. -en relación con el

2.- y siguientes del Decreto 200/1990, de 17 de julio, y cuya observancia ha de tenerse en cuenta por la Excma. Diputación.

4. Esta Orden, además de su publicación en el BOJA, será comunicada a la Excma. Diputación Provincial de Córdoba y al banco de Crédito Local de España, a los efectos consiguientes.

Sevilla, 19 de diciembre de 1990

ANGEL MARTIN-LAGOS CONTRERAS

Consejero de Gobernación

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