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Habiéndose creado por Decreto 43/1989, de 7 de marzo, el Centro Informático Científico de Andalucía, y regulado en su artículo 5º la composición de su Consejo Rector, a fin de dar entrada a las distintas Universidades de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta de la Consejería de Educación y Ciencia y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 12 de diciembre de 1989.
D I S P O N G O:
Artículo Unico. Se modifica el artículo 5º.1 del Decreto 43/1989, de 7 de marzo, que queda redactado de la siguiente forma: El Consejo Rector estará formado por el Director del CICA, dos representantes designados por la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía, dos representantes del Consejo Superior de Investigaciones Científicas y dos representantes de cada una de las Universidades de Cádiz, Córdoba, Granada, Málaga y Sevilla.
DISPOSICION FINAL
El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 12 de diciembre de 1989
JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA
Y CAMOYAN
Presidente de la Junta de Andalucía
ANTONIO PASCUAL ACOSTA
Consejero de Educación y Ciencia
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