Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 13 de 9/2/1990

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Educación y Ciencia

RESOLUCION de 24 de noviembre de 1989, de la Universidad de Granada, por la que se convoca concurso-oposición para cubrir plazas vacantes de personal laboral de esta Universidad.

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Existiendo plazas vacantes en la Plantilla de Personal Laboral de la Universidad de Granada y a fin de atender las necesidades de la misma, este Rectorado, en virtud de las competencias que le atribuye el apartado "K" del artículo 86 de los Estatutos de la citada Universidad, ha resuelto lo siguiente:

PRIMERO. Convocar pruebas selectivas mediante el procedimiento de Concurso-Oposición para cubrir las plazas vacantes en la plantilla de Personal Laboral de esta Universidad, según se especifica en el Anexo I de esta convocatoria.

SEGUNDO. La realización de estas pruebas selectivas se ajustará a lo establecido en la Ley 30/1984, de 2 de agosto de Medidas para la Reforma de la Función Pública (B.O.E. nº 85 de 03--8-84) modificada por la Ley

23/1988, de 28 de Julio (B.O.E. nº 181 de 27-07-88): en el Real Decreto

2223/1984, de 19 de diciembre, por la que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado (B.O.E. Nº 305 de 21-12-84); en el vigente convenio colectivo de trabajo de ámbito interprovincial del Personal Laboral de Universidades Andaluzas (B.O.J.A. nº 85 de 21-10-89).

TERCERO. Para ser admitido en las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos generales:

A) Ser español.

B) Tener cumplidos los dieciocho años de edad. C) Estar en posesión del Título de Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico o equivalente; o en condiciones de obtenerlo el la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes. D) No padecer enfermedad ni estawr afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las funciones propias de la plaza objeto de esta convocatoria.

E) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del Servivico de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes funciones. F) Los requisitos establecidos en las normas anteriores deberán cumplirse el último día del plazo de presentación de solicitudes.

CUARTO. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas, deberan hacerlo constar en instancia dirigida al Excmo. y Magfco. Sr. Rector de la Universidad de Granada, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con arreglo al modelo que figura en el Anexo II de la presente convocatoria uniendo a la misma fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

La presentación de solicitudes podrá efectuarse en el Registro General de la Universidad, o en la forma establecida en el artículo 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

A efectos de valorar la fase de Concurso, se acompañará a la instancia Curriculum Vitae y relación de méritos acreditados documentalmente.

QUINTO. Expirado el plazo de presentación dee instancias, el Rector de la Universidad de Granada dictará resolución en el plazo máximo de un mes declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos y se determinará el lugar y la fecha del comienzo de los ejercicios. Contra esta lista los interesados dispondrán de un plazo de 10 días para subsanar la falta o acompañar los documentos preceptivos. Transcurrido el plazo señalado anteriormente, la lista será elevada a definitiva, lo que será hacho público en el BOJA y contra la que los interesados podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, ante el Rector de la Universidad de Granada, quien resolverá lo procedente.

SEXTO. El Tribunal Calificador, será designado por el Rectorado de la Universidad de Granada.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir cuando concurran las circuntancias previstas en el art. 20 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

Los aspirantes podrán recursar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 20 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

SEPTIMO. Los aspirantes que resulten aprobados en las presentes pruebas selectivas, para su contratación como personal laboral fijo, aportarán dentro de los veinte días naturales, desde que se haga publica la relación de aprobados en el Registro General de esta Universidad, los siguientes documentos:

- Certificación de nacimiento expedida por el Registro Civil correspondiente.

- Fotocopia debidamente compulsada del Título correspondiente. - Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

OCTAVO. La presente convocatoria y cuantos actosd administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados en los casos y en las formas establecidas por la Ley de Procedimiento Administrativo.

Asimismo, la Administración Universitaria podrá en su caso proceder a la revisión de las Resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en los artículos 109 y siguiente de la Ley de Procedimiento Administrativo, en cuyocaso habrán de practicarse de nuevo las pruebas o trámites afectados por la irregularidad.

Granada, 24 de noviembre de 1989.- El Rector, Pascual Rivas Carrera.

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