Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 16 de 20/2/1990

3. Otras disposiciones

Consejería de Fomento y Trabajo

RESOLUCION de 22 de enero de 1990, de la Delegación Provincial de Granada, autorizando el establecimiento de la instalación eléctrica que se cita.

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Visto el expediente incoado en esta Delegación cuya descripción se reseña a continuación, solicitando autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración, en concreto, de utilidad pública, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en los Capítulos III, del Decreto 2617/66, de 20 de octubre sobre autorización de instalaciones eléctricas, Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión Decreto 2413/73, de 20.09.73 de acuerdo con lo ordenado en la Ley de 24 de noviembre de

1939, sobre ordenación y defensa de la industria y vistas las funciones que nos competen, según el apartado 9 del artículo 2º del R.D. 1091/81, de

24 de abril (BOE de 11.6.81), sobre traspaso de competencias, funciones y servicios a la Junta de Andalucía en materia de industria y energía; y el artículo 5º del Decreto de la Presidencia de la Junta de Andalucía de

3.8.81 (BOE de 2.12.81), sobre distribución de tales competencias. Esta Delegación Provincial ha resuelto autorizar administrativamente, y aprobar el proyecto de ejecución de la siguiente instalación eléctrica: Peticionario: Compañía Sevillana de Electricidad, S.A. Domicilio: Granada, Escudo del Carmen, 31.

LINEA ELECTRICA:

Origen: Centro de transformación. Final: Red de Baja Tensión. Términos municipales afectados: Lecrín. Tipo: Aérea y subterránea. Longitud en km.:

0,890; 0,428; 0,202; 0,750 y 0,618. Tensión de servicio: 380 V. Conductores: Al. de 3,5 x 150; 3,5 x 95; 4 x 50; 4 x 25 y 3 x 240 + 150 mm2. Apoyos: Hormigón. Procedencia de los materiales: Nacionales. Presupuesto: 12.468.693 pesetas. Finalidad: Mejora en la calidad del servicio eléctrico en la localidad de Mondújar (Planer 89). Referencia:

347/89/BT.

Las obras se ajustarán en lo que no resulte modificado por la presente resolución o por las pequeñas variaciones que, en su caso, puedan ser autorizadas, al proyecto presentado, con las obligadas modificaciones que resulten de su adaptación a las instrucciones de carácter general y Reglamentos vigentes, quedando sometidas las instalaciones a la inspección y vigilancia de esta Delegación Provincial. El plazo de puesta en marcha será de seis meses. El peticionario dará cuenta por escrito del comienzo y terminación de las obras, a efectos de reconocimiento y extensión del acta de puesta en marcha.

Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación que se autoriza a los efectos que determina la Ley 10/66, de 18 de marzo, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas y su Reglamento aprobado por Decreto 2619/66, de 20 de octubre.

Granada, 22 de enero de 1990.- El Delegado, P.D. La Secretaria General, Matilde Sánchez Robles.

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