Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 21 de 9/3/1990

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud y Servicios Sociales

ORDEN de 5 de marzo de 1990, por la que se convoca el III Concurso Escolar para la elaboración de un cartel y cuento con motivo de la conmemoración del Día Mundial de los Derechos del Consumidor.

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La Ley 5/1985, de 8 de julio, de los Consumidores y Usuarios en Andalucía, en su artículo 4.6 establece, como derecho de los consumidores, la educación y formación en relación con las materias que puedan afectar a su condición. Derecho que viene ratificado por el artículo 22 de la mencionada Ley, donde se determina que la Junta de Andalucía fomentará la educación en temas de consumo, en todos los diferentes ciclos educativos, en la forma que se ajuste a la finalidad pedagógica de cada uno de ellos. Por todo cuanto antecede y ante la exigencia que la Ley plantea, la Consejería de Salud y Servicios Sociales considera conveniente dirigirse a un sector específico de la enseñanza, y convoca este concurso escolar para los alumnos de los Centros de Enseñanza General Básica de Andalucía, con ocasión del Día Mundial de los Derechos del Consumidor que se celebra el día 15 de marzo de cada año, con objeto de crear en dichos alumnos una actitud reflexiva y de análisis frente al consumo. En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Consumo, y en uso de las atribuciones que me están conferidas por los artículos 39.6 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma y 10.b de la Ley General 5/1983, de 19 de julio, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

D I S P O N G O :

Artículo único. Se convoca el III Concurso Escolar para la elaboración de un cartel y cuento con motivo de la conmemoración del "Día Mundial de los Derechos del Consumidor 1990", de acuerdo con las bases que se publican como Anexo a la presente Orden.

Sevilla, 5 de marzo de 1990

EDUARDO REJON GIEB

Consejero de Salud y Servicios Sociales

A N E X O

B A S E S

Primera. Podrán participar en dicho concurso todos aquellos escolares que cursen estudios comprendidos en la primera y segunda etapa de E.G.B. en Centros Escolares de Andalucía.

Segunda. Los trabajos versarán sobre el "Día Mundial del Consumidor" y serán expuestos en la forma que a cada etapa le corresponda:

Alumno: 1a etapa.

Tema: Día Mundial del Consumidor.

Forma: Cartel.

Presentación: 50 cm. ancho 65 de alto.

Alumno: 2a etapa. Tema: Libre sobre consumo. Forma: Cuento. Presentación: Máximo 10 folios UNE-A4.

Tercera. Los concursantes presentarán sus trabajos de forma individual o colectiva, no pudiendo exceder los grupos de un máximo de 10 alumnos, y haciendo constar los siguientes datos: Nombre, apellidos, edad, curso, Centro Escolar, localidad y provincia.

Cuarta. Los concursantes, a través del Centro Escolar, presentarán los distintos trabajos en las respectivas Delegaciones Provinciales de Salud y Servicios Sociales bien directamente o por cualquiera de los medios establecidos en el art. 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo, siendo el plazo máximo de presentación el 30 de abril de 1990.

Quinta. En las Delegaciones Provinciales de Salud y Servicios Sociales se constituirá una Comisión compuesta por el Delegado Provincial de Salud, como presidente, el Jefe de la Unidad de Consumo y un representante de la Delegación Provincial de Educación y Ciencia, para seleccionar en cada provincia un trabajo de cada modalidad de entre los remitidos. Los trabajos seleccionados serán enviados a la Consejería de Salud y Servicios Sociales.

Sexta. La Consejería de Salud y Servicios Sociales, designará un jurado integrado por: El Director General de Consumo, que actuará como presidente, dos representantes de la Consejería de Educación y Ciencia, el Jefe del Departamento de Formación de la Dirección General de Consumo, la Jefa del Servicio de Promoción de los Consumidores de la Dirección General de Consumo, que seleccionarán de entre estos dieciséis trabajos, los cuatro mejores (dos por modalidad).

Séptima. Si a juicio del jurado, ninguno de los trabajos presentados reuniese méritos suficientes para ser galardonados el premio podrá declararse desierto.

Octava. El fallo del concurso será inapelable y se dará a conocer mediante su anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, comunicándose personalmente a quienes resulten premiados.

Novena. Se otorgarán los siguientes premios: Primer premio (por cada modalidad): un ordenador personal para el Centro Escolar, por valor de

200.000 ptas. Segundo premio (por cada modalidad): un lote de libros a elegir por el Centro Escolar por un valor de 50.000 ptas.

Décima. Los trabajos seleccionados en la fase inicial, pasarán a ser propiedad de la Dirección General de Consumo para hacer uso de ellos en la forma que considere más adecuada.

Undécima. Todos los trabajos presentados que no hayan sido seleccionados en la fase inicial podrán retirarse dentro de los 30 días hábiles posteriores a la publicación de la resolución del consurso, pasando a ser destruidos los que no sean retirados en dicho plazo.

Duodécima. La participación en este concurso supone la aceptación de las presentes bases.

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