Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 23 de 16/3/1990

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Parlamento de Andalucía

ACUERDO de 5 de marzo de 1990, de la Mesa del Parlamento, por la que se convoca concurso público de méritos para la selección de Jefe de Centro Informático del Parlamento de Andalucía.

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La Mesa del Parlamento de Andalucía, en sesión celebrada el día 1 de marzo de 1990, ha acordado aprobar las bases adjuntas que han de regir el concurso público de méritos para cubrir una Jefatura de Centro Informático.

Sevilla, 5 de marzo de 1990.- El Letrado Mayor, Juan B. Cano Bueso.

BASES DE LA CONVOCATORIA

I) FORMA DE SELECCION: Concurso público de méritos. II) REQUISITOS GENERALES: Para concurrir a la presente convocatoria será preciso reunir los siguientes requisitos:

A) Poseer la nacionalidad española y ser mayor de edad. B) No hallarse inhabilitado para el ejercicio de la función pública por sentencia firme.

C) No padecer enfermedad o defecto físico que le impida el desempeño de las funciones correspondientes.

D) Estar en posesión del título académico exigido para el desempeño del cargo, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que se haga pública la presente convocatoria.

III) Puesto de trabajo: El puesto de trabajo objeto de la presente convocatoria es el correspondiente a la Jefatura del Centro Informático, configurado conforme a las siguientes características. A) Denominación: Jefe de Centro Informático. B) Destino: Centro de Informática.

C) Clase: Laboral.

D) Funciones: Las propias del cargo, a saber: 1) Responsable de la gestión ordinaria del Centro Informático, teniendo que responder de forma especial de las siguientes tareas: a) Relación con los servicios de usuarios. b) Manual de procedimiento del Centro.

2) Planificación y control general de recursos y medios informáticos, con especial atención sobre:

a) Trabajos de desarrollo y de análisis-programación. b) Inventario de equipos y software (básico y de aplicación) del Centro. c) Presupuesto del Centro.

d) Suministros informáticos al Parlamento de Andalucía. 3) Dirección y/o coordinación de los equipos de trabajo, internos, externos o mixtos, tanto en la gestión ordinaria, como en la ejecución de proyectos informáticos, respondiendo directamente por: a) La actividad desarrollada en el Centro a su inmediato superior, al que deberá presentar informes periódicamente. b) La dirección del Centro y del personal adscrito al mismo. 4) Prestará sus servicios en tareas de asesoramiento, estudio y tomo de datos, respecto a cuestiones tales como:

a) Instalación de sistemas y equipos:

b) Elaboración de la propuesta del Presupuesto de la Cámara. 5) Finalmente, la persona seleccionada tendrá como tarea el desarrollo de la Jefatura del Departamento de Informática, conforme a las funciones enumeradas en los apartados anteriores, además de aquellas otras que relacionadas con la materias la asigne la Dirección del Parlamento de Andalucía.

E) Requisitos profesionales: Para acceder a la condición de "Jefe del Centro Informático", será necesario reunir los siguientes requisitos de carácter profesional:

1) Titulación superior en Informática, Ciencias o Ingeniería. 2) Amplio conocimiento (documentalmente probado) en gestión de Centros de Procesos de Datos.

3) Amplia formación y experiencia como analista de sistemas y jefatura de proyectos informáticos.

4) Dominio general del inglés (lectura y escritura), con acreditación documental suficiente en lenguaje técnico. F) Requisitos Particulares: Además de los requisitos exigidos en el apartado

E), anterior, y los necesarios para el desempeño de las funciones relacionadas en el apartado

D) de esta misma base, se considerarán como méritos preferentes los siguientes:

1) Conocimiento de los distintos lenguajes de programación, para el diseño y realización de programas específicos mediante técnicas de programación estructurada.

2) Conocimiento de la programación con sistemas de gestión de bases de datos, BASIS bajo sistema operativo UNIX.

3) Conocimiento de la programación con sistemas de gestión de bases de datos relacionales, ORACLES, en sistema operativo UNIX. 4) Conocimiento de comunicaciones: X.25 y red Iberpar, así como de redes de área local y miniordenadores departamentales, sistemas operativos MS-DOS y UNIX.

5) Cualesquiera otros conocimientos en materia informática y que hayan sido desarrollados en la práctica profesional.

6) Experiencia constantada mediante la debida acreditación documental, en coordinación, departamental y dirección de personal). G) Retribuciones: Las que figuran en el Presupuesto del Parlamento de Andalucía para el puesto objeto del concurso.

IV) Jornada Laboral: La jornada laboral será la que se establezca por la Administración Parlamentaria.

V) Contratación: La persona seleccionada tendrá a todos los efectos condición de personal laboral al Servicio del Parlamento de Andalucía, adquiriendo la condición de fijo por tiempo indefinido, una vez superado el período de prueba que se fija en una duración de seis meses, durante los que tendrá la condición de personal laboral en período de práctica.

VI) Comisión de selección: Para la selección de la persona que habrá de ocupar la plaza objeto de la presente convocatoria, existiría una Comisión que integrada por los miembros que seguidamente se relacionan, tendrá las funciones que asimismo se detallan:

A) Composición: La Comisión de selección estará integrada por los miembros que seguidamente se relacionan, de los que se designará titular y suplente.

1) Presidente del Parlamento de Andalucía o vicepresidente en quien delegue, que ostentará la presidencia de la misma.

2) Otro miembro de la Mesa de la Cámara.

3) Letrado Mayor o letrado que le sustituya.

4) Un jefe de servicio o responsable de Informática, que con conocimientos y requisitos profesionales similares a los exigidos en las presentes bases, preste sus servicios en la Junta de Andalucía. Designado por la Mesa de la Cámara.

5) Un funcionario del Parlamento de Andalucía que actuará como secretario de la Comisión, en representación del personal de la Cámara. B) Funciones: Entre las funciones encomendadas a la Comisión de Selección se encuentran las siguientes:

1) Selección y clasificación de las instancias presentadas dentro del plazo establecido en las presentes bases, al objeto de confeccionar la "Lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos al concurso". 2) Aprobación de la "Lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos al concurso".

3) Convocatoria de cuantas pruebas complementrias (dirigidas a verificar la exactitud de los méritos alegados) estime conveniente realizar para la elección del candidato o lista de candidatos que haya de proponer a la Mesa de la Cámara para su posterior contratación.

4) Concluido el período establecido en las presentes bases para la selección de la persona sobre la que habrá de recaer la contratación, la Comisión propondrá a la Mesa de la Cámara el nombre o nombres de aquél o aquéllas que, por orden de puntuación merezca ser seleccionada para el desempeño del cargo. O bien la propuesta, también razonada, de "dejar desierto el concurso".

VII) Calendario: El desarrollo del concurso anteriormente establecido se ajustará al siguiente calendario:

A) Presentación de instancias: Las solicitudes para participar en el concurso, en las que deberá constar el cumplimiento de los requisitos exigidos y la mención de los méritos que se consideren oportuno consignar (currículum), podrán presentarse en el Registro General de la Cámara, mediante instancia dirigida al Excmo. Sr. Presidente del Parlamento de Andalucía, hasta el decimoquinto día posterior (o el siguiente hábil si éste recayese en festivo) a la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía BOJA. También podrán presentarse en la forma prevista en el artículo 66.3 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

B) Exposición de listas: Los plazos fijados para la exposición de las mismas en el Tablón de Anuncios del Parlamento de Andalucía (calle Reyes Católicos, 21, de Sevilla) y para su publicación en el BOJA, serán los siguientes:

1) Provisionales: A partir del tercer día desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

C) Subsanación de errores y reclamaciones:

1) Los candidatos excluidos provisionalmente dispondrán de tres días desde la publicación de las listas en el BOJA, para la corrección de errores susceptibles de subsanación.

2) Los aspirantes excluidos definitivamente dispondrán de diez días desde la publicación de las listas en el BOJA, durante los que podrán presentar las reclamaciones que estimen oportuno, a los efectos previstos en el artículo 121 de la Ley de Procedimiento Administrativo. D) Celebración de pruebas complementarias: La celebración de las pruebas que la Comisión estime oportuno convocar, en relación con lo previsto en el epígrafe 3) del apartado B) de la anterior base VI), tendrán que ser anunciadas a través del BOJA con cinco días de antelación a su celebración efectiva.

E) Propuesta de contratación: Concluida la celebración de las pruebas complementarias, la Comisión realizará la "propuesta razonada de contratación", que podrá incluir, además del aspirante seleccionado como tal, otros dos que habiendo superado el nivel mínimo fijado por la Comisión para la aprobación del concurso, sigan al aspirante propuesto en puntuación conseguida, a los únicos efectos de sustitución en caso de renuncia.

F) Acuerdo de contratación: Concluido el período de selección y elevada la consiguiente propuesta de contratación o de "declarar el concurso desierto", la Mesa de la Cámara adoptará el correspondiente acuerdo de contratación que deberá recaer, necesariamente, sobre el aspirante que haya obtenido mayor puntuación. Debiendo declarar el concurso "desierto", en caso de que ninguno de los aspirantes consiguiese la puntuación mínima establecida por la Comisión para la valoración de los méritos consignados en sus solicitudes por los mismos.

G) Contratación provisional: A partir de la recepción de la notificación del acuerdo de la Mesa del Parlamento de Andalucía, por el que se designa a la persona propuesta por la Comisión de Selección, para el desempeño del cargo de "Jefe de Centro Informático", la persona sobre la que recaiga la contratación dispondrá de quince días para la incorporación al trabajo, cuya contratación efectiva tendrá lugar de forma improrrogable durante este período. Período del que dispondrá para la presentación en el Registro General de la Cámara de la documentación exigida en las presentes bases y cuanta otra se requiera en apoyo de los requisitos exigidos y/o méritos consignados por el aspirante y que no le fuese exigida durante el proceso de selección.

H) Contratación definitiva: La Comisión de selección, cuya vigencia permanecerá durante el período de prueba, podrá recabar a la persona contratada, los informes que estime necesario para la constatación del buen desempeño de las funciones asimiladas al puesto de trabajo, incluso, podrá someterse al mismo a la celebración de entrevistas, "test" y supuestos prácticos que corroboren los conocimientos expresados por el aspirante en su currículum. Considerando, caso de no realizarse ninguna de las pruebas reseñadas o cualesquiera otras que se considere oportuno a los efectos pertinentes, una vez transcurridos los seis meses fijados en la base V, superado el período de práctica, procediendo entonces el nombramiento definitivo como "personal laboral fijo", prorrogándose el contrato por tiempo indefinido.

Tercero: Publicar las bases que regirán en la selección de la plaza de "Jefe de Centro Informático", en el Boletín Oficial del Parlamento de Andalucía (BOPA) y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), realizándose una reseña de la mencionada publicación en un periódico de tirada nacional.

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