Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 23 de 16/3/1990

1. Disposiciones generales

Consejería de Gobernación

ACUERDO de 19 de febrero de 1990, del Consejo de Gobierno, por el que se declara la urgente ocupación a los efectos de expropiación por el Ayuntamiento de Vélez-Málaga, de una parcela de terreno necesaria para la construcción de un Centro de veinte unidades de EGB.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

La insufiencia de dotaciones escolares existentes en el paraje denominado "Cruz del Cordero" y la escasa capacidad y mal estado del Colegio Público "Eloy Tellez", único centro escolar existente en la zona, que aconseja su inmediata sustitución, motivo que el Ayuntamiento de Vélez-Málaga iniciase gestiones con el propietario de los terrenos de la Finca "Las Golondrinas", para la compra de una parcela de su propiedad. Ante la falta de acuerdo entre ambos, el Excmo. Ayuntamiento de Vélez-Málaga en sesión celebrada el día 2 de mayo de 1989, resolvió iniciar expediente expropiatorio de la referida parcela para llevar a cabo la ubicación de un Centro de veinte unidades de E.G.B. dado que se entiende implícito el requisito previo de la utilidad pública de las obras, al amparo de lo establecido en el artículo 64 de la Ley del Suelo, ya que en las Normas Subsidiarias de Planeamiento urbanístico de la localidad, figura con la calificación de Sistema General de Equipamiento Educativo para Centro Escolar.

Considerando que la Corporación ha identificado plenamente el bien que ha de ser objeto de ocupación y practicado la correspondiente información pública, mediante inserción de los correspondientes edictos en los Boletínes Oficiales de la Provincia de Málaga números 144, 212 y 280, de fechas 27 de junio, 17 de septiembre y 10 de diciembre de 1989, presentándose reclamación por D. Javier García-Ferrer Porras, en representación de Da Patricia Noel Scott, advirtiendo error en la relación de los titulares de bienes y derechos, dado que la finca objeto de expropiación pertenece en proindiviso a Da Nancy Scott y a Da Patricia Noel Scott, y no a D. Ivan Rutheford Scott, y que ha sido admitida en su totalidad, por lo que al entenderse cumplidos los requisitos exigidos por el art. 56 del Reglamento de Expropiación Forzosa, en relación con el art.

52 de la Ley, procede declarar la urgente ocupación pretendida. El artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, en relación con el apartado 4.3 del Real Decreto 3315/83, de 20 de julio, atribuye esta competencia a la Junta de Andalucía, correspondiendo su ejercicio al Consejo de Gobierno, a tenor de lo establecido en la Disposición Final Segunda de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma. En su virtud, a propuesta del Consejero de Gobernación y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 19 de febrero de 1990.

A C U E R D A

Se declara la urgente ocupación de expropiación forzosa por el Excmo. Ayuntamiento de Vélez-Málaga (Málaga), de una parcela de terreno con destino a la construcción de un Centro escolar de veinte unidades, y cuya descripción es la siguiente:

Parcela de terreno de 12.000 m2, correspondiente a la finca denominada "Las Golondrinas", en Cruz del Cordero, Barrio del Pilar, de Vélez-Málaga, propiedad de Da Nancy Scott y Da Patricia Noel Scott, en proindiviso, que linda al Norte, con Herederos de D. José Cazorla, hoy conjunto Velesol; al Oeste, con Camino Cruz del Cordero; y al Sur y Este, con la finca de la que se segrega; inscrita en el Registro de la Propiedad nº 2 de Vélez-Málaga, al tomo 946, libro 55, folio 139, finca nº 4.869, inscripción nº 24.

Sevilla, 19 de febrero de 1990

JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA Y CAMOYAN

Presidente de la Junta de Andalucía

MANUEL GRACIA NAVARRO

Consejero de Gobernación

Descargar PDF