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En el Recurso contencioso-administrativo núm. 2737/87, interpuesto por Acerinox, S.A., representada por el Procurador D. Juan López de Lemus, contra Resolución de la Agencia de Medio Ambiente de 22 de julio de 1987, desestimatoria del Recurso de Alzada, confirmando otra de la Dirección Provincial de Cádiz de 24.3.1987, por infracción al Decreto 833/1975, de 6 de febrero, que desarrolla la Ley de 22 de octubre de 1972, y en consecuencia con el Recurso citado anteriormente, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia en Sevilla, ha dictado Sentencia con fecha 19 de octubre de 1989, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
"Fallamos: Que estimando el recurso interpuesto por el Procurador Sr. López de Lemus, en nombre de "Acerinox, S.A.", contra la Dirección Provincial de la Agencia de Medio Ambiente de Cádiz, se deje sin efecto la sanción impuesta a dicha Empresa, sin hacer imposición de costas". En su virtud, este Organismo, de conformidad con lo establecido en los Artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio del Poder Judicial y 103 y siguientes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, y cumplimiento en sus propios términos de la expresada Sentencia.
Sevilla, 27 de febrero de 1990.- El Presidente, Tomás de Azcárate y Bang.
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