Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 28 de 3/4/1990

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Gobernación

ORDEN de 16 de marzo de 1990, por el que se convocan pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo Superior Facultativo, opción: Veterinarios

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En cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 264/1989, de 27 de Diciembre, por el que se regula el procedimiento de acceso a la condición de funcionario de la Administración de la Junta de Andalucía en las tres primeras Ofertas de Empleo Público, incluída la de 1988 y en lo previsto en el Decreto 23/1988, de 10 de Febrero (BOJA nº 17, de 1 de Marzo), por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para1988, de esta Comunidad Autonóma, y con el fin de atender las necesidades de personal de esta Administración, esta Consejería de Gobernación, en ejercicio de las competencias que le están atribuidas en los artículos 5 y 37.1 de la Ley 6/1985, de 28 de Noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, Decreto 130/1986, de 30 de Julio, y artículo 2º,m) del Decreto 255/1987, de 28 de Octubre, acuerda convocar pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo Superior Facultativo , opción : Veterinarios, con sujeción a las siguientes

BASES DE CONVOCATORIA

1.- NORMAS GENERALES.

1.1.- Se convocan pruebas selectivas para cubrir 18 plazas en el Cuerpo Superior Facultativo, opción: Veterinarios, de acuerdo con la siguiente distribución:

a) 4 plazas para la promoción interna prevista en el artículo 37.2 del citado cuerpo legal.

b) 14 plazas, para el sistema de acceso libre.

Los aspirantes s'olo podrán participar por uno de los sistemas.

1.2.- Las plazas sin cubrir de las reservadas a la promoción interna se acumularán a las del sistema general de acceso libre. A tal efecto, la evaluación de las pruebas del sistema de promoción interna finalizará antes que las correspondientes al sistema de acceso libre.

1.3.- A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación la Ley

6/1985, de 28 de Noviembre, el Decreto 264/1989, de 27 de Diciembre, y las bases de la presente convocatoria.

1.4.- Los aspirantes que ingresen por el sistema de promoción interna, tendrán preferencia sobre el resto de los aspirantes seleccionados para cubrir las vacantes ofertadas del Cuerpo Superior Facultativo, opción: Veterinarios.

1.5.- El procedimiento de selección, de los aspirantes será el sistema de oposición.

1.6.- Con carácter previo, y de acuerdo con lo establecido en los artículos 3º y 4º del Decreto 264/1989, antes citado, al personal que aspire a acceder por el turno de promoción interna o al que preste o haya prestado servicios en la Administración de la Junta de Andalucía como contratado administrativo o interino, siempre que el nombramiento como funcionario de empleo interino o la contratación administrativa de colaboración temporal se hubiera producido con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 6/1988, de 17 de Octubre, de modificación de la Disposición Transitoria Sexta de la Ley 6/1985, se le valorará los servicios prestados en las distintas Administraciones Públicas.

Dicha valoración será únicamente referida hasta la fecha de publicación de la presenta convocatoria, y deberá ser publicada en los mismos lugares que las listas de admitidos, al menos con 48 horas de antelación a la fecha de celebración del primer ejercicio.

1.7.- La oposición constará de los ejercicios que se indican a continuación, siendo eliminatorios cada uno de ellos:

-Primer ejercicio.

Consistirá en contestar por escrito a un cuestionario de presguntas de respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta, sobre el programa de materias que figura en el Anexo IV de la presente Orden. El tiempo para la realización de este ejercicio será de 60 minutos.

Las respuestas erróneas se valorarán negativamente

-Segundo ejercicio.-

Consistirá en la realización de un ejercicio práctico adecuado a las funciones a realizar en el puesto de trabajo al que se aspira y relacionado con el programa de materias.

-Tercer ejercicio.-

Consistirá en la exposición por escrito de dos temas extraídos al azar de entre el programa de materias, durante un tiempo máximo de 4 horas, que serán leídos posteriormente por el candidato en sesión pública. A los efectos indicados se extraerán dos temas de cada uno de los dos grupos de materias de que consta el programa,eligiendo el opositor uno por cada grupo. Compondrá el primer grupo el temario común y el segundo el temario específico.

El orden de lectura de los ejercicios por los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra "H", de conformidad con lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de 13 de marzo de 1989 (Boletín Oficial del Estado de 16 de Marzo), por la que se pública el resultado del sorteo celebrado el día 9 de marzo de 1989, de aplicación supletoria.

1.8.- Las pruebas selectivas se desarrollarán con arreglo al siguiente calendario:

El primer ejercicio de la Oposición no comenzará antes del día 31 del mes de mayo de 1990, determinándose en la Resolución que se indica en la Base 4.1. el lugar y la fecha exacta.

1.9.- En las pruebas selectivas se establecerá para las personas con minusvalías que lo soliciten, de acuerdo con la Base 3.6, las adaptaciones posibles de tiempo y medios para su realización.

1.10.- El Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios escritos, sean corregidos y valorados sin que se conozca la identidad de los aspirantes.

1.11.- El programa que ha de regir estas pruebas selectivas, es el que figura publicado como Anexo IV.

1.12.- No se exigirá a los participantes el pago de derechos de examen, ni será necesaria la previa inscripción en las Oficinas de Empleo para participar en las pruebas selectivas.

2.- REQUISITOS PARA LOS CANDIDATOS

2.1.- Para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas los aspirantes, deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español.

b) Tener cumplidos los dieciocho años de edad.

c) Estar en posesión del título de Licenciado en Veterinaria.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica, que sea incompatible con el desempeño de la correspondiente funciones.

e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

2.2.- Los aspirantes por promoción interna, deberán reunir además los siguientes requisitos:

a) Encontrarse en la situación de servicio activo, servicios especiales o servicios en otras Administraciones Públicas, en alguno de los Cuerpos de la Junta de Andalucía del Grupo B recogidas en la Disposición Adicional Quinta de la Ley 6/85, de 28 de Noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, o, de conformidad con lo previsto en el art.25 y demás preceptos de la Ley 6/1985, de 28 de Noviembre, encontrarse al servicio de la Junta de Andalucía como funcionario del Grupo B, en las situaciones administrativas de servicio activo o servicios especiales.

b) Tener una antiguedad de al menos 2 años en dicho Grupo. Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de Diciembre (B.O.E. de 10 de Enero de 1979), serán computables a efectos de antiguedad.

2.3.- Todos los requisitos a que se refieren las bases 2.1 y 2.2, deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de instancia y mantenerlos durante el proceso selectivo.

3.- SOLICITUDES

3.1.- La solicitud, cuyo modelo se reproduce en el Anexo I de esta convocatoria, será facilitada en el Instituto Andaluz de Administración Pública, en la Consejería de Gobernación y en las Delegaciones de ésta , en cada una de las provincias andaluzas. A la solicitud se acompañará una fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

3.2.- Las solicitudes dirigidas al Ilmo/a. Sr/a. Director/a del Instituto Andaluz de Administración Pública, podrán presentarse en el Registro General del citado Instituto, plaza Cristo de Burgos, nº 31 (41003) SEVILLA; en las Delegaciones de Gobernación de cada una de las provincias andaluzas, o en la forma establecida en el Art. 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo, de 17 de Julio de 1958 (B.O.E. del 18), en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Las instancias que se presenten a través de las Oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de certificadas, como preceptúa el Art. 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

Las solicitudes suscritas por los españoles en el extranjero podrán cursarse en el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al organismo competente.

3.3.- Los aspirantes harán constar en la solicitud la modalidad de acceso , ya sea por promoción interna o libre.

3.4.- Los aspirantes en el turno de promoción interna y aquéllos a los que hayan de valorárseles con carácter previo los servicios prestados como contratados administrativos o interino, deberán acompañar a la solicitud certificado expedido en modelo oficial que se publica como Anexo III.

3.5.- Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

3.6.- Los aspirantes con minusvalía deberán indicar en la instancia la minusvalía que padecen, para lo cual se utilizará el recuadro de la solicitud. Asimismo, podrán solicitar, expresándolo en el recuadro 5.2 "otros datos a consignar", las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

3.7.- Las pruebas selectivas se realizarán en la ciudad de Sevilla.

4.- ADMISION DE ASPIRANTES.

4.1.- Terminado el plazo de presentación de instancias el Director del Instituto Andaluz de Administración Pública, por Delegación del Consejero de Gobernación, dictará resolución declarando aprobada la lista de admitidos así como la de excluídos con indicación de las causas y plazo de subsanación de defectos. Dicha resolución publicará en el B.O.J.A. indicándose en la misma el lugar en el que se encuentran expuestas al público las listas certificadas, y el lugar y fecha de comienzo del primer ejercicio.

4.2.- Los aspirantes excluídos dispondrán de un plazo de 10 días, contados a partir del siguiente al de publicación de la Resolución para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión.

4.3.- Contra dicha Resolución podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación en el B.O.J.A., ante el Ilmo. Sr. Director del Instituto Andaluz de Administración Pública, quién resolverá por delegación del Consejero de Gobernación.

De no presentarse recurso de reposición el escrito de subsanación de defectos se considerará recurso de reposición, si el aspirante fuese definitivamente excluído de la realización de los ejercicios.

5.- EL TRIBUNAL.

5.1.- El Tribunal de éstas pruebas será el que figura en el Anexo II de esta Orden.

El Presidente del Tribunal designará de entre los vocales, al que actuará como Secretario del mismo.

De conformidad con la Disposición Transitoria Quinta.2 de la Ley 6/85, de

28 de noviembre, tendrán representación en el Tribunal las Centrales Sindicales que forman parte de la Mesa General de Negociación de la Comunidad Autónoma Andaluza. A estos efectos, por la Dirección General de la Función Pública se solicitará de cada una de las Organizaciones Sindicales antes aludidas la designación de un representante para que se incorpore a las reuniones del Tribunal. Las Organizaciones Sindicales deberán designar su representante en el plazo de quince días naturales contados a partir de la recepción de la notificación de la Dirección General de la Función Pública. Transcurrido dicho plazo sin efectuarse dicha designación, se entenderá que se renuncia al ejercicio de la misma.

5.2.- El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de al menos tres de sus miembros.

5.3.- Los miembros del Tribunal deberán absternerse de intervenir, notificándolo al Ilmo. Sr. Director del Instituto Andaluz de Administración Pública, cuando concurran en ellos alguna de la circunstancias previstas en en Art. 20 de la Ley de Procedimiento Administrativo o si hubieren realizado tareas de preparación de aspirante pruebas selectivas de acceso a los Cuerpos, en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria, para cuyas pruebas hubiesen sido nombrados miembros del Tribunal.

5.4.-El Presidente del Tribunal podrá exigir a los miembros del mismo declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el Art. 20 de la Ley de Procedimiento Administrativo. Asimismo los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando circunstancias previstas en el párrafo anterior.

recogidas en el Anexo V del Decreto 54/1989, de 21 de marzo (B.O.J.A. nº

31, de 21-4-89).

5.5.- El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de vacantes convocadas. Las propuestas de aprobados que contravengan este límite serán nulas de pleno derecho.

5.6.- Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de sus resultados.

5.7.- El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas, quienes se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, que serán la única base de su colaboración con el órgano de decisión.

5.8.- Por Resolución de la Consejería de Gobernación se procederá al nombramiento de los funcionarios que deban colaborar temporalmente en el desarrollo de los procesos de selección, con las competencias de ejecución material y ordenación administrativa de los distintos ejercicios que en cada prueba selectiva les atribuya el Tribunal. Este personal estará adscrito a dicho Tribunal y ejercerá sus funciones de conformidad con las instrucciones que éste le curse al efecto.

5.9.- A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Instituto Andaluz de Administración Pública, Plaza de Cristo de Burgos, 31 -41003- SEVILLA.

6.- DESARROLLO DE LOS EJERCICIOS

6.1.- En cualquier momento, el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad.

6.2.- Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluídos de la oposición quienes no comparezcan, salvo los casos debidamente justificados y libremente apreciados por los Tribunales.

6.3.- Si en el transcurso del procedimiento selectivo llegara a conocimiento del Tribunal, que algunos de los aspirantes carecen de los requisitos necesarios para participar en la convocatoria, lo comunicará a la Consejería de Gobernación, la cual dará cuenta a los órganos competentes de las inexactitudes y falsedades en que hubieran podido incurrir los aspirantes a los efectos procedentes.

7.- VALORACION DE MERITOS Y CALIFICACION DE LOS EJERCICIOS.

7.1.- La valoración de los servicios a que se refiere la base 1.6 se realizará de la forma siguiente:

a) Promoción interna. La valoración de los méritos alegados se referirá a servicios prestados hasta el día de publicación de la presente convocatoria, otorgándose a los aspirantes los siguientes puntos:

- 1% por mes o el 12% por año de servicio efectivamente prestado, de la puntuación total de la oposición.

La valoración a que se refiere el párrafo anterior no podrá ser superior al 45% de la puntuación total de la oposición.

b) Servicios prestados como contratado administrativo de colaboración temporal o interino. Se valorarán únicamente los servicios prestados hasta la fecha de publicación de esta convocatoria, refiriéndose a funciones integradas dentro del grupo al que aspira, con sujeción al nombramiento de interino o contrato administrativo.

A estos efectos, la valoración se realizará del siguiente modo:

- 1% de puntos por mes o 12% por año de servicio efectivo prestado en puestos iguales o similares a los que se aspiran, sobre la puntuación total de la oposición.

En ningún caso, la puntuación que pueda obtenerse por la valoración referida en el párrafo anterior, podrá ser superior al 45% del máximo total de puntos que pueda alcanzarse en las pruebas selectivas.

7.2.- Los ejercicios de la oposición se calificarán de la forma siguiente:

a) Primer Ejercicio: Se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de cinco puntos. Las contestaciones erróneas se valorarán negativamente.

b) Segundo Ejercicio: Se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de cinco puntos.

c) Tercer Ejercicio: Se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de cinco puntos.

7.3.- Para alcanzar la puntuación mínima de cinco puntos a que se refieren los apartados anteriores, en ningún caso podrán utilizarse puntos obtenidos en la valoración previa regulada en la base 1.6.

7.4.- La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios de la oposición, a la que se añadirá los puntos obtenidos, en su caso, por el procedimiento previsto en la citada base 1.6., hasta alcanzar el máximo de treinta puntos, que en ningún caso podrá superarse.

7.5.- En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la oposición. Si persistiera, se atenderá a la mayor puntuación obtenida en el ejercici práctico.

8.- LISTA DE APROBADOS, PRESENTACIO'N DE DOCUMENTACION, SOLICITUD DE DESTINO Y NOMBRAMIENTO DE FUNCIONARIOS.

8.1.- La lista de aprobados de cada uno de los ejercicios se publicará en los mismos lugares a que se hace referencia en la base 4.1., para publicación de la lista de admitidos y excluidos a las pruebas selectivas.

8.2.- Finalizados los ejercicios de la oposición, el Tribunal hará pública la relación definitiva de aprobados por orden de puntuación, en la que constará las calificaciones de cada uno de los ejercicios. Dicha relación será elevada a la Consejería de Gobernación con propuesta de nombramiento de funcionarios de carrera.

8.3.- En el plazo de veinte días naturales, a contar desde la publicación de las relaciones de aprobados a que se refiere la base anterior, los aspirantes que figuren en las mismas deberán presentar en la Dirección General de la Función Pública de la Consejería de Gobernación, Plaza Nueva, 4, -41003- SEVILLA, la petición de destino a la vista de las vacantes ofertadas acompañada de los siguientes documentos:

a) Fotocopia debidamente compulsada, del título académico oficial exigido para el ingreso en el Cuerpo.

b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna Administración Pública , ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

c) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que imposibiliten para el servicio; este Certificado deberá expedirse por el facultativo de medicina general de la Seguridad Social que corresponda al interesado, y en el caso de que éste no esté acogido a cualquier régimen de la Seguridad Social, se expedirá por las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Salud y Servicios Sociales de la Junta de Andalucía.

Los aspirantes que tengan la condición de minusválidos deberán presentar certificación de los órganos competentes de la Consejería de Salud y Servicios Sociales, que acredite tal condición y su capacidad para desempeñar las tareas que correspondan a las plazas objeto de esta convocatoria.

8.4.- Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos expresados en el apartado anterior podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admisible en Derecho.

8.5.- Los aspirantes que tuvieren la condición de funcionarios, y aquellos otros que estuvieren prestando servicios en la Junta de Andalucía, estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos, siempre que hubiesen sido inscritos o anotados en el Registro General de Personal de la Junta de Andalucía. En el caso de los aspirantes en el turno de promoción interna se acompañará primera inscripción emitida por el Registro General de Personal así como certificación de la antiguedad y situación administrativa del aspirante.

8.6.-Quienes dentro del plazo fijado y salvo los casos de fuerza mayor no presentaren la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de algunos de los requisitos señalados en la base 2., no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

8.7.- Transcurrido el plazo de presentación de documentos el Consejero de Gobernación ordenará el nombramiento como funcionarios de carrera de los aprobados, determinando el plazo para la toma de posesión en los correspondientes destinos.

9.- NORMA FINAL.

9.1.- La convocatoria y sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta y de las actuaciones del Tribunal podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecidos por la Ley de Procedimiento Administrativo.

Sevilla, 16 de marzo de 1990

MANUEL GRACIA NAVARRO

Consejero de Gobernación

ANEXO I

(Ver págs. núms. 50 y 51 del BOJA núm. 2, de 9.1.90)

ANEXO II

PRESIDENTE:

D. Gerardo de las Casas Gómez

SUPLENTE:

D. Rafael Bolivar Raya

VOCALES:

D. Amador Jover Moyano

D. Antonio Rodero Zanganillo

D. Antonio Gasca Arroyo

D. José Sosa Zarza

VOCALES SUPLENTES:

D. Librado Carrasco Carrillo

D. Manuel Jiménez Benítez

D. José Javier Rodríguez Alcaide

D. José Gallardo Velázquez

ANEXO III

(Ver págs. 51 y 52 del BOJA núm. 2, de 9.1.90)

ANEXO IV

Parte común

1.- El concepto de Constitución. La Constitución como norma jurídica. Líneas fundamentales del constitucionalismo español. La Constitución española de 1978: estructura. Los poderes del Estado en la Constitución. La Corona. Las Cortes Generales. El Poder Judicial. El Gobierno y la Administración.

2.-Los valores superiores de la Constitución española. Concepto y sentido de los valores superiores.El contenido de los valores superiores.El Estado Español como Estado social y democrático de Derecho.

3.- Los derechos fundamentales. Evolución histórica y conceptual. Los derechos fundamentales en la Constitución española. La participación social en la actividad del Estado. Su inserción en los órganos de las Administraciones Públicas.

4.- El modelo económico de la Constitución española. Principios informadores y objetivos específicos.

5.- La representación política. El sistema electoral español. Los Partidos políticos. Las Organizaciones sindicales y empresariales en España. Principios constitucionales informadores.

6.- El Estado de las autonomías. Precedentes histórico-constitucionales . Su regulación en la Constitución española: vias de acceso a la autonomía e Instituciones Autonómicas.

7.- La Junta de Andalucía: vía de acceso a la autonomía. Instituciones autonómicas andaluzas: el Parlamento, el Presidente y el Consejo de Gobierno. El Defensor del Pueblo. El Tribunal Superior de Justicia.

8.- La Administración Autonómica: principios informadores y organización. Los Consejeros, Viceconsejeros, Directores Generales y Secretarios Generales Técnicos. La Administración Periférica de la Junta de Andalucía. La Administración Institucional de la Junta de Andalucía. La Ley de Organización Territorial: y la del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

9.- Distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas en la Constitución española y en los Estatutos de Autonomía. El ámbito competencial de la Junta de Andalucía. El proceso de traspaso de funciones y servicios del Estado a las Comunidades Autónomas. La Ley del Proceso Autonómico. Las normas de funcionamiento de las Comisiones Mixtas. El proceso de traspaso a la Junta.

10.- Las relaciones entre Administraciones Públicas. Las relaciones, entre el Estado y las Comunidades Autónomas: mecanismos de cooperación y coordinación. El control sobre la actividad de las Comunidades Autónomas. Las relaciones entre las Comunidades Autónomas y la Administración Local. Teoría del conflicto constitucional. Procedimientos de declaración de Inconstitucionalidad. Conflictos de competencia. El requerimiento de incompetencia.

11.- La financiación de las Comunidades Autónomas. Regulación constitucional. La LOFCA. La Ley del Fondo de Compensación Interterritorial. La Ley reguladora de cesión de tributos. La financiación de la Junta de Andalucía.

12.- La Administración Local: posición constitucional de Municipios y Provincias. Distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas sobre la Administración Local. Tipología de los Entes Locales. La Provincia: organización y competencias. El Municipio: organización y competencias.

13.- El Derecho Administrativo: concepto y contenido. Tipos históricos de sometimiento de la Administración al Derecho. Sistemas contemporáneos . Norma y realidad social: la aplicación del Derecho.

14.- La Administración Pública: concepto. La Administración y las funciones y poderes del Estado. Gobierno y Administración. Control legislativo, jurisdiccional y político de la Administración. La Administración y la norma jurídica: el principio de legalidad.

15.- Las fuentes del Derecho Administrativo: concepto y clases. Jerarquía normativa. Autonomía y sistema de fuentes. La Ley: concepto y clases. Disposiciones del Ejecutivo con fuerza de Ley. El Reglamento. Clases. Fundamento y límites de la potestad reglamentaria. Reglamentos ilegales. Los reglamentos de los órganos constitucionales.

16.- La relación juridico-administrativa. Concepto. Sujetos. El administrado. Los derechos públicos subjetivos. Los intereses legítimos. La acción popular. Los actos jurídicos de los administrados.

17.- El acto administrativo. Concepto, clases y elementos. El procedimiento administrativo. Principios informadores. Las fases del procedimiento: iniciación, ordenación, instrucción y terminación. Procedimiento de ejecución. Los procedimientos especiales.

18.- Los recursos administrativos: concepto y clases. Requisitos generales de los recursos administrativos. Materia recurible, legitimación y órgano competente. Examen especial de los recursos de alzada, reposición , revisión y súplica. La Jurisdicción contencioso-administrativa: concepto y naturaleza.

19.- Los contratos administrativos: naturaleza, caracteres y clases. Elementos. Formas de contratación. Resolución, rescinsión y denuncia. Contenido y efectos de los contratos administrativos. Acomodación de la CEE a la legislación comunitaria.

20.- La expropiación forzosa. Potestad expropiatoria. Naturaleza y justificación. Sujetos, objeto y causa. El procedimiento expropiatorio . Expropiaciones especiales. Garantias jurisdiccionales. La responsabilidad patrimonial de la Administración. Evolución histórica. Régimen jurídico actual.

21.- Clasificación tradicional de las formas de acción administrativa. El fomento. La actividad de policía. La potestad sancionadora de la Administración. El servicio público: formas de gestión.

22.- Propiedades administrativas: clases. El dominio público: concepto y régimen jurídico.

23.- Las Comunidades Europeas. Los Tratados originarios y modificativos. El proceso de integración de España en la CEE. Las Instituciones comunitarias.

24.- Comunidad Económica Europea. Las competencias de la CEE. El Presupuesto de la CEE. El Derecho Comunitario. Tipología de fuentes e integración del Derecho Comunitario.

25.- Las libertades básicas del sistema comunitario. Las políticas comunes. Repercusiones del ingreso de la CEE para la economía andaluza.

26.- El Presupuesto de la Junta de Andalucía. Principios presupuestarios. Elaboración y aprobación del presupuesto. La ejecución del presupuesto: operaciones necesarias. Gestión de los diferentes gastos. Modificaciones presupuestarias.

27.- Relaciones de servicio entre la Administración y los empleados públicos: régimen estatutario y Derecho Laboral. La reforma de la Función Pública española de 1984. La Ley 6/85, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía.

28.- Régimen estatutario del personal al servivio de la Administración. Derechos y deberes de los funcionarios. Régimen de incompatibilidades. Responsabilidad de los funcionarios. Régimen disciplinario. Delitos de los funcionarios en el ejercicio del cargo. El personal laboral: régimen general. El Convenio Colectivo, único del personal laboral al servicio de la Junta: ámbito y estructura.

29.- Las organizaciones. Tipo de organizaciones. Planificación y programación de la actividad administrativa.

30.- La dirección en las organizaciones. Adopción de decisiones. La comunicación en las organizaciones: producción y circulación de información: redes de comunicación y de relación.

Parte específica

1.- Principales instrumentos de la política económica: Política monetaria. Política financiera. Política de rentas y precios. Política fiscal. Política de intercambios. Política de empleo.

2.- La política regional. Concepto. Incidencia en la distribución regional de la renta y la riqueza. Las Comunidades Autónomas y la política regional. Instrumentos de la política regional.

3.- El sector agrario, pesquero y alimentario en Andalucía. Concepto y delimitación: Su papel en la economía nacional. Las macromagnitudes agrarias. Cuentas sectoriales agrarias. Metodología para su elaboración.

4.- La reforma agraria: Referencia histórica a la Reforma Agraria. La Reforma Agraria en Andalucía: La Ley de Reforma Agraria.

5.- La política pesquera en Andalucía. Aspectos estructurales. La flota pesquera y su reconversión. Los recursos pesqueros: El estudio del medio marino. El problema de las artes y aparejos.

6.- Política Agroalimentaria en Andalucía. El sector industrial y su problemática. La defensa de la calidad. Denominación de Origen y Específicas. La normalización y tipificación de Productos.

7.- La investigación cientifica en el sector agrario, pesquero y alimentario. Importancia. Area de investigación de interés estratégico a nivel nacional. Investigación a nivel regional. La transferencia de tecnología: Mecanismos de divulgación e implantación de nuevas tecnologías. La extensión y capacitación agraria.

8.- Política de medio ambiente y conservación de la naturaleza. La problemática medioambiental: Origen e importancia. Programas para la protección de la naturaleza: Conservación de suelos y aguas. Los espacios protegidos. Las aguas residuales y su reciclaje. La contaminación marina.

9.- La participación en las decisiones sectoriales: La concertación. Las Organizaciones profesionales agrarias. Las corporaciones agrarias y pesqueras. Las Organizaciones empresariales agroalimentarias.

10.- La integración europea. Las Comunidades Europeas. Aspectos jurídicos: los tratados fundamentales. El Derecho comunitario derivado. Aspectos económicos. La unidad arancelaria. La libre circulación de personas, bienes y capitales.

11.- La integración europea. Las Instituciones Comunitarias: El Consejo. La Comisión. El Parlamento Europeo. El Tribunal de justicia. El proceso de decisión. La construcción europea. El Acta única.

12.- La integración europea. La financiación de las Comunidades Europeas . La financiación de la P.A.C. El fondo europeo de orientación y garantía. Su importancia. La distribución nacional de los gastos agrícolas.

13.- La integración europea. La política agrícola común: objetivos e instrumentos. Organizaciones comunes de mercado y sus principales inspiradores. La política de estructura. Principales instrumentos jurídicos y financieros. Política regional y política de estructuras.

14.- La integración europea. La organización de la sanidad, selección y reproducción animal en la C.E.E. Situación actual de la sanidad, selección y reproducción animal de España y de Andalucía.

15.- La integración europea. La organización común de mercados de leche y productos lácteos. Situación del sector en la C.E.E. Sistema de precios. Régimen de intervención. Régimen de intercambios con países terceros. Perspectivas del sector en España y en Andalucía.

16.- La integración europea. La organización común de mercados de carne de vacuno, ovino, caprino, porcino, aves y huevos. Situación del sector en la C.E.E. Sistemas de precios. Régimen de intervención. Régimen de intercambios con paises terceros. Perspectivas del sector en España y en Andalucía.

17.- La integración europea. La política pesquera común. La organización común de mercado. Los intercambios comunitarios. Incidencias de la adhesión del sector pesquero español y andaluz.

18.- La empresa ganadera. Características diferenciales. Estructuras productivas. Factores que inciden en los costos de producción de la empresa ganadera. Análisis de los dos sistemas de producción: Intensivo extensivo. La empresa ganadera.

19.- La tecnología en la empresa ganadera. Importancia, clases e incidencias en los medios de la producción animal. Nuevas tecnologías ganaderas. La alimentación, la sanidad y la genética como medios de producción animal. Su desarrollo tecnológico e integración en la empresa ganadera.

20.- La utilización de pastos y forrages naturales en producción animal. Posibilidades y perspectivas. La utilización de subproductos agrícolas e industriales en alimentación animal. Posibilidades en Andalucía.

21.- Economía de la sanidad animal. La epizootiología como base para la economía de programas sanitarios. Planificación Sanitaria de explotaciones ganaderas.

22.- La empresa agroindustrial. Caracteristicas y tipos. Principales producciones. Problemática y perspectivas de futuro. Consideraciones especiales.

23.- La empresa pesquera. Caracteristicas y tipos. Las empresas mixtas. Principales producciones. Problemática y perspectivas de futuro. Explotación marisquera del litoral.

24.- La comercialización agraria, pesquera y alimentaria. Interdependencias. Escalones y circuitos comerciales; peculiaridades sectoriales. La transperencia de los mercados: La información de precios. Tipificaciones y normalización.

25.- La comercialización en origen y destino de los productos agrarios y y de la pesca. Principales aspectos que condicionan la comercialización de productos agrarios y de la pesca. Los mercados en origen y destino. Las asociaciones de productores en los mercados de origen y destino.

26.- La introducción de tecnología en la empresa. El nivel tecnológico en la empresa. Las inversiones y la tecnología. Inversiones empresariales : necesidades y fines.

27.- Ley y Reglamento de Epizootias: Principios inspiradores. Enfermedades de "Declaración obligatoria" y de "Declaración oficial". Juicio de la Ley y el Reglamento.

28.- Tuberculosis, brucelosis y Leucosis. Situación actual en Andalucía. Plan oficial de lucha y erradicación. Normas legales.

29.- Pestes porcinas. Situación actual. Plan Nacional Coordinado de erradicación. La problemática en las explotaciones extensivas. Normas legales.

30.- Fiebre aftosa. Paratuberculosis y Rabia. Situación actual. Planes de Prevención y lucha. Normas legales.

31.- Enfermedades parasitarias de la ganaderia. Importancia económica y sanitaria. Estado actual. Pérdidas por parasitosis, con especial referencia a Andalucía.

32.- Aspectos sanitarios del comercio nacional e internacional de animales vivos y productos pecuarios. Exigencias legales nacionales e internacionales.

33.- Normas legales sobre organización sanitaria y Zootécnica de las explotaciones porcinas, avícolas y salas de incubación.

34.- Programas de Ordenación de las explotaciones ganaderas extensivas: Principios que lo inspiran, normas legales y desarrollo en Andalucía.

35.- Selección, reproducción e inseminación artificial ganadera. Estado actual en España y Andalucía. Normas legales.

36.- Evolución del concepto de Salud. Concepto de sistema sanitario: Modelos y análisis comparativos.

37.- Ley General de Sanidad. Conceptos básicos y principios generales. La Veterinaria en la Ley General de Sanidad.

38.- Competencias en materia sanitaria de la Comunidad Autónoma. La Consejería de Salud y Servicios Sociales y el Servicio Andaluz de Salud. Estructura orgániza, régimen jurídico y ordenación funcional.

39.- La organización de la Atención Primaria en Andalucía: El Distrito de Atención Primaria y la Zona Básica de Salud. El Equipo de Atención Primaria. El Dispositivo de Apoyo Especifico. Los Centros de Salud.

40.- Legislación básica del Medio Ambiente: Comptencias de las Administraciones Públicas. Reglamentos de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas.

41.- Medio ambiente contaminación. Principales contaminantes y sus repercusiones en la salud pública.

42.- Legislación alimentaria española. Código alimentario español: Reglamentaciones técnico-sanitarias y normas de calidad. Normativa Comunitaria.

43.- La industria alimentaria en la Comunidad Autónoma Andaluza. Problemas estructurales e importancia actual. Perspectivas de futuro.

44.- Organismos internacionales relacionados con la Veterinaria de Salud Pública.

45.- Medidas estadísticas de tendencia central y de dispersión: Representaciones gráficas. Probabilidad: Significado y cálculo. Muestreo : Concepto y técnica.

46.- Zoonosis: Concepto y clasificación. Mecanismos generales de contagio . Reservorios. Importancia económica y social.

47.- Métodos de prevención, lucha y erradicación de las zoonosis.

48.- Contaminación aviótica de los alimentos: Toxiinfeciones alimentarios: Prevención y control.

49.- Contaminación aviótica de los alimentos: Repercusiones sobre la salud pública. Prevención y control.

50.- Aditivos alimentarios: Concepto y clasificación. Problemas Sanitarios que plantea el uso de aditivos. Legislación.

51.- Actuaciones del Veterinario en industrias alimentarias y establecimientos de venta: Actas de inspección, toma de muestras y condiciones de envío al laboratorio. Real Decreto1945/83, de 22 de junio.

52.- Los sistemas de inspección y control en industrias y alimentos. Programas de actuaciones. Sistemas de control por puntos críticos.

53.- Análisis de alimentos: "Microbiológico y físico-químico. Sistemática y aplicación. Métodos oficiales de análisis. Legislación.

54.- Mataderos: Conceptos y tipos. Condiciones higienico-sanitarias de las instalaciones y utillaje. Actuaciones veterinarias. Sacrificio de cerdos para consumo familiar. Legislación.

55.- Mataderos de aves y conejos. Condiciones higienico-sanitarias de las instalaciones y utillaje. Actuaciones Veterinarias. Legislación.

56.- Industrias cárnicas: Concepto y tipos. Condiciones higienico- sanitarias de las instalaciones y utillaje. Actuaciones veterinarias. Legislación.

57.- Métodos de conservación de la carne por el frío y por el calor. Otros métodos de conservación. Inspección sanitaria. Legislación.

58.- Inspección de canales y despecie. Diferenciación de canales, piezas cárnicas y carne troceada. Legislación.

59.- Despojos comestibles: Diferenciación e inspección sanitaria. Industrias de aprovechamiento de subproductos de mataderos. Legislación.

60.- Productos cárnicos: Concepto y clasificación. Inspección sanitaria. Legislación.

61.- Leche: Clasificación y tipificación. Procesos tecnológicos para la preparación de los distintos tipos de leche.

62.- Leches de consumo inmediato. Inspección sanitaria. Legislación.

63.- Leches conservadas. Inspección sanitaria. Legislación.

64.- Quesos: Tecnología de su producción industrial. Tipificación. Inspección sanitaria. Legislación.

65.- Leches fermentadas, heladas, nata y mantequilla: Tecnología de su producción industrial. Inspección sanitaria. Legislación.

66.- Pescado: Clasificación y especies más importantes de peces. Alteraciones del pescado. Enfermedades e intoxicaciones producidad por consumo de pescado. Inspección sanitaria y legislación.

67.- Industrias para la conservación de pescado: Conservas, semiconservas y salazones. Pescado congelado, sistemas de congelación. Inspección sanitaria y legislación.

68.- Moluscos y crustáceos: Clasificación y especies más importantes. Alteraciones, enfermedades e intoxicaciones producidas por consumo de mariscos. Depuración de moluscos. Inspección sanitaria y legislación.

69.- Inspección sanitaria de frutas, verdura y hortalizas. El problema de los plaguicidas. Legislación. Hongos y su inspección sanitaria. Legislación.

70.- Huevos y ovoproductos. Inspección sanitaria. Legislación. Miel. Inspección sanitaria. Legislación.

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