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En el recurso contencioso-administrativo núm. 1884
87 interpuesto por D.
Manuel Calvo Ruiz contra Resolución de la Consejería de Gobernación de
21 de noviembre de 1986, sobre infracción a la normativa de juego, expediente núm. 11.166/CNJ, ha recaído sentencia el 5 de febrero de 1990 pronunciada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Granada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, cuyo fallo es del siguiente tenor literal:
Fallamos: Estimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador D. Pedro Iglesias Salazar, en nombre y representación de D. Manuel Calvo Ruiz, contra la Resolución de la Dirección General del Juego, de la Consejería de Gobernación, de la Junta de Andalucía, que imponía al recurrente la sanción de multa en cuantía de ciento veinte mil pesetas, por una infracción muy grave, en materia de máquinas recreativas y de azar; así como la denegación tácita, en virtud de silencio administrativo, del recurso de alzada interpuesto ante la citada Consejería; anular los mencionados actos por ser contrarios al Ordenamiento Jurídico, sin hacer declaración sobre costas. En consecuencia, esta Consejería de conformidad con lo establecido en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ordena:
Primero: La publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del fallo que ahora se transcribe.
Segundo: El cumplimiento de la expresada sentencia en sus propios términos.
Sevilla, 15 de marzo de 1990.
MANUEL GRACIA NAVARRO
Consejero de Gobernación
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