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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión Provincial de Precios de Huelva y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el Decreto 266/1988, de 2 de agosto por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados,
DISPONGO:
Autorizar las tarifas de agua potable que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Ayuntamiento de Zalamea la Real (Huelva)
Tarifas Autorizadas
Concepto IVA Incluido
A) Consumo doméstico
Mínimo de 10 m3/mes 352 ptas/mes.
De 10,01 a 15 m3/mes 73 ptas/m3.
De 15,01 a 20 m3/mes 100 ptas/m3.
Más de 20 m3/mes 126 ptas/m3.
B) Consumo industrial
Mínimo de 10 m3/mes 472 ptas/mes.
De 10,01 a 15 m3/mes 84 ptas/m3.
De 15,01 a 20 m3/mes 100 ptas/m3.
Más de 20 m3/mes 126 ptas/m3.
Arrendamiento de contador de 13 mm. 52 ptas/mes. Canon de conservación de contadores 13 mm. 16 ptas/mes.
Esta Orden surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
ANGEL OJEDA AVILES
Consejero de Hacienda y Planificación
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