Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 31 de 17/4/1990

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 27 de marzo de 1990, por la que se autoriza la creación de una sección de Formación Profesional Especial, en el Centro Privado de Educación Especial Nuestra Señora de la Esperanza, de Guadix.

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Examinado el expediente promovido por el representante de la entidad titular del Centro privado de Educación Especial "Nuestra Señora de la Esperanza" de Guadix (Granada), por el que se solicita autorización para la creación de una Sección de Formación Profesional Especial dependiente del mismo, donde se impartan enseñanzas de este nivel en Educación Especial.

Vistos, el Decreto 1855/74 de 7 de junio, el Decreto 707/76 de 5 de marzo y el Real Decreto 334/85 de 6 de marzo, así como los informes preceptivos de la Delegación Provincial de Granada.

Esta Consejería ha resuleto:

Primero. Autorizar la cración y funcionamiento de una Sección de Formación Profesional Especial de Primer Grado en el Colegio de Educación Especial "Nuestra Señora de la Esperanza", quedando en lo sucesivo con los datos que a continuación se indican y a partir del curso

1989

1990.

Nº de Código: 18004811.

Titular: Asociación Protectora de Subnormales San José. Domicilio: Avda. Colemnar s/n.

Localidad: Guadix.

Provincia: Granada.

Número de puestos escolares:

45 puestos escolares (para 3 unidades de hasta 15 alumnos c/u.). Enseñanzas:

Primer Grado de Formación Profesional en la modalidad Aprendizaje de Tareas:

Rama Vidrio y Cerámica. Profesión Cerámica. Rama Moda y Confección. Profesión Confección. Rama Textil. Profesión Confección artesanal de alfombras.

Sesgundo. La Sección que se crea quedará adscrita al Instituto de Formación Profesional "Acci" de Guadix (Granada).

TErcero. El profesorado, así como los elementos materiales de Tercero. El profesorado, así como los elementos materiales de en todo momento a lo que exijan las disposiciones vigentes, afín de asegurar la eficacia de las eneseñanzas conforme al nivel y modalidad autorizadas.

Cuarto. La presente autorización no implicará compromiso de Concierto Educativo, estando éste supeditado a las limitaciones presupuestarias de cada ejercicio económico, y a las condiciones generales fijadas al respecto.

Sevilla, 27 de marzo de 1990

ANTONIO PASCUAL ACOSTA

Consejero de Educación y Ciencia

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