Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 33 de 24/4/1990

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura y Pesca

RESOLUCION de 21 de diciembre de 1989, del Instituto Andaluz de Reforma Agraria, aprobando el Plan de Inversiones presentado por la Unión Cooperativa de Pequeñas y Medianos Agricultores, concesionaria de la explotación agrícola comunitaria integrada por las fincas Barruelos, La Melga y Guadalmena-Las Juntas situadas en la zona regable del Guadalmena (Jaén) y concediendo subvención para la realización de dichas inversiones. (Res.Z-48/89).

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Visto el informe elaborado por el Servicio de Gestión de Tierras y Explotaciones, de acuerdo con el realizado por la Dirección Provincial de Jaén, sobre el Plan de Inversiones para la realización de las obras de interés agrícola privado, presentado por la Unión Cooperativa de Pequeños y Medianos Agricultores (Ucopema), concesionaria de la explotación agrícola de las fincas Barruelos, La Melga y Guadalmena-Las Juntas, situados en los términos municipales de Chiclana de Segura y Segura de la Sierra de la provincia de Jaén, esta Presidencia viene en,

RESOLVER:

1º. Aprobar el Plan de Inversiones presentado, una vez realizadas las correcciones debidas o consideraciones técnicas, alcanzando un importe de total de Veintidós millones cuatrocientas setenta y una mil quinientas pesetas (22.471.500 Ptas.), cuyo desglose por unidades de obra es el siguiente:

Limpieza de arroyos............................................... 425.000 Construcción de pozo para servicio

cortijo e instalaciones......................................... 1.500.000 Mejopra en edificaciones y construcción

de nave para ganado y almacén................................... 5.420.500 Cercado de finca Barruelos..................................... 15.126.000 Total Inversión...................................... 22.471.500

2º. Conceder a dicha entidad una subvención de hasta el 30% de la inversión finalmente realizada, en aplicación de lo establecido en el artículo 4.3. del Decreto 191/1985 de 28 de agosto, con arreglo al artículo 171-4 del Reglamento de Reforma Agraria. La subvención se hará efectiva una vez ejecutada la inversión aprobada y previa certificación expedida por la Dirección Provincial del I.A.R.A. en Jaén. No obstante, podrán ser objeto de hasta un máximo de dos certificaciones por unidad de obra a los efectos de percepción de la subvención.

3º. Las obras sujetas a subvención deberán iniciarse en el plazo máximo de seis meses, contados a partir de la firma de esta Resolución.

Sevilla, 21 de diciembre de 1989.- El Presidente, Francisco Vázquez Sell.

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