Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 34 de 27/4/1990

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura y Pesca

RESOLUCION de 1 de abril de 1990, de la Dirección General de Investigación y Extensión Agrarias, por la que se convocan becas dentro del Programa de Formación de Personal de la Dirección General en Técnicas específicas aplicables a proyectos de Investigación y Desarrollo Agrario.

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La Orden de 13 de noviembre de 1987 (BOJA núm. 100 de 28 de noviembre de

1987) de la Consejería de Agricultura y Pesca define el marco del Programa de Formación de Personal Investigador y de Desarrollo, y a su amparo, se han publicado en el BOJA dos convocatorias de becas para Formación en Técnicas Específicas aplicables a Proyectos de Investigación y Desarrollo Agrario, lo que posibilitó la formación a lo largo de 1988 y 1989 de un número elevado de becarios, tanto en técnicas específicas de investigación como de formación de agricultores y extensión agraria.

La Dirección General de Investigación y Extensión Agrarias, en virtud de las atribuciones que le están conferidas por el ordenamiento vigente, vista la Ley de Presupuestos de la Junta de Analucía para 1990, la normativa sobre becas y ayudas al estudio y previo informe de la Consejería de Educación y Ciencia.

HA RESUELTO:

1. Efectuar convocatoria pública para asignar becas de Formación en Técnicas Específicas aplicables a Proyectos de Investigación y Desarrolo Agrario en Centros y Estaciones dependientes de esta Dirección General y Agencias de Extensión Agraria.

2. De acuerdo con el apartado 2.7 de la Orden de 13 de noviembre de 1987 (BOJA núm. 100) por la que se regula la normativa de becas de esta Dirección General, se actualiza la dotación económica de estas becas a

84.000 Pts/mes, de acuerdo con la ordenación general de becas existentes en la Comunidad Autónoma.

3. El número de becas que se convoca es el siguiente:

25 becas de Formación para Titulados Superiores y de Grado Medio con una duración máxima de 12 meses o un número de becas equivalente en dotación total presupuestaria, caso de que las adjudicaciones sean por períodos inferiores a los 12 meses (3, 6 ó 9 meses).

4. La beca tendrá una dotación complementaria de hasta 50.000 Pts/año y becario, para la cobertura de un seguro individual de salud y accidentes.

5. El número de becas podrá incrementarse si la dotación presupuestaria lo permite y existen solicitudes acreedoras a ellas. Este incremento de becas se aplicaría a las solicitudes presentadas en los plazos ordinarios.

6. A la vista de las solicitudes presentadas y del tema objeto de la beca la Dirección General, en la Resolución de adjudicación, indicará la asignación de una dotación complementaria a los Centros para atender los gastos que originen la actividad y la estancia del beneficiario.

7. Las solicitudes, dirigidas al Ilmo. Sr. Director General de Investigación y Extensión Agrarias, deberá tener entrada en el Registro de esta Dirección General, sita en la Avda. de la Borbolla nº 1, 41004- Sevilla, dentro de los veinte días naturales a partir del siguiente de la publicación de esta Resolución en el BOJA. A las solicitudes deberán acompañar.

a) Copia compulsada del título académico o de los documentos acreditativos de haber abonado los derechos de su obtención.

b) Expediente académico.

c) Curriculum vitae, acreditándose documentalmente los méritos y experiencia profesional que se aduzcan.

d) Actividad propuesta (investigación, extensión, formación o desarrollo experimental), período de realización y Centro, Estación o Agencia de Extensión donde desarrollarla.

e) Aceptación del trbajo propuesto por parte del tutor o Director del Centro o Unidad correspondiente.

8. Se valorará a los solicitantes de acuerdo con el baremo de la Orden de

13 de noviembre de 1987 de la Consejería de Agricultura y Pesca.

9. Las solicitudes serán examinadas por la Comisión de Selección y valoración del Programa de Formación de Personal investigador y de Desarrollo Agrario, que estará constituida por:

Presidente: Ilmo. Sr. Director General de Investigación y Extensión Agrarias.

Vocales: Jefe del Servicio de Formación Agraria.

Jefe del Servicio de Investigación Agraria.

Representante de la Consejería de Educación y Ciencia.

Director del Centro de Investigación y Desarrollo Agrario de Córdoba. Director del Centro de Capacitación y Experimentación Agraria de Cabra. Secretario: Jefe de Negociado del Servicio de Investigación Agraria.

10. A la vista de las propuestas seleccionadas y del tema objeto de ayuda a estudio, esta Dirección General dictará Resolución que incluirá, por cada adjudicación lo siguiente:

Nombre del beneficiario, tema y Centro donde desarrollar la actividad. Fecha de inicio de la actividad y plazo de tiempo en que desarrollarla, que puede no ser coincidente con el solicitado por el aspirante. Asignación, en su caso, de todos con cargo a las dotaciones económicas complementarias.

11. A los beneficiarios de las becas les son de aplicación todas las normas que con carácter general contiene la Orden de la Consejería de Agricultura y Pesca de 13 de noviembre de 1987 que las regula.

12. Esta Dirección General podrá anular la beca previo informe de la Comisión de evaluación y selección.

13. Los interesados podrán solicitar la información complementaria que precisen en los Centros de Investigación y Estaciones Experimentales dependientes de esta Dirección General que se recogen en el Anejo nº 1. En cuanto a información sobre las Agencias de Extensión Agraria, deben dirigirse a las Delegaciones Provinciales de Agricultura y Pesca.

Sevilla, 1 de abril de 1990.- El Director General, Agustín López Ontiveros.

ANEJO I

RELACION DE CENTROS Y ESTACIONES EXPERIMENTALES

Centro de Investigación y Desarrollo Agrario "Alameda del Obispo" (Córdoba).

Centro de Investigación y Desarrollo Agrario "Camino de Purchil" (Granada).

Centro de Investigación y Desarrollo Agrario "Campanillas-Curriana" (Máalaga).

Centro de Investigación y Desarrollo Agrario "Las Torres-Tomegil" Alcalá del Río (Sevilla).

Centro de Investigación y Desarrollo Hortícola "La Mojonera" El Ejido (Almería).

Centro de Capacitación y Experimentación Agraria. Cabra (Córdoba). Centro de Capacitación y Experimentación Agraria. Chipiona (Cádiz)./ Centro de Capacitación y Experimentación Agraria. Los Palacios (Sevilla) Centro de Capacitación y Experimentación Agraria. Hinojosa del Duque (Córdoba).

Centro de Capacitación y Experimentación Forestal. Cazorla (Jaén). Estación Experimental "Rancho de la Merced". Jerez de la Frontera (Cádiz).

Estación Experimental "Venta del Llano". Mengíbar (Jaén).

RELACION DE DEPARTAMENTOS

Departamento de Horticultura.

Departamento de Olivicultura y Arboricultura Frutal.

Departamento de Producción Animal, pastos y Forrajes.

Departamento de Mejora y Agronomía de Cultivos Herbáceos. Departamento de Economía y Sociología Agrarias.

Departamento Forestal.

Departamento de Protección Vegetal.

Departamento de Suelos y Riegos.

Departamento del Algodón

Laboratorio de Tecnología Mecánica.

Unidad de Técnicas de Capacitación.

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