Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 37 de 8/5/1990

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Consejería de Fomento y Trabajo

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Cádiz, sobre información pública a los afectados por la expropiación forzosa y urgente ocupación de 20,58 áreas para el establecimiento de una servidumbre forzosa de paso en favor de la empresa Acuimar, S.A. en terrenos que se citan.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

La Comisión de Incentivos Regionales, cumplido lo dispuesto en el Artº 2º del Decreto 2854/1964, de 11 de septiembre, sobre tramitación de la expropiación forzosa en los Polos de Promoción y Desarrollo Industrial (declarado vigente por el Real Decreto 3361/83, de 28 de diciembre), ha ordenado a esta Delegación Provincial la apertura del período de información pública a que se refiere el Artº 3º de la citada disposición, de la solicitud de expropiación forzosa presentada por la empresa ACUIMAR, S.A., de una servidumbre forzosa de paso en terrenos, que seguidamente se describirán, considerados de necesaria y urgente ocupación para llevar a cabo la ejecución del proyecto de instalación y explotación de una pisicifactoría en la cuarta parte de la finca denominada "Caño de la Arena" o "Arenero", sita en Chiclana de la Frontera (Cádiz), de la que es propietario, proyecto que goza según el Artº 2.3 y Anexos I y II de la Orden de 26.3.82 (BOE núm. 107), del beneficio a instar tal expropiación.

A continuación se transcribe la relación concreta e individualizada de los interesados y bienes afectados con los que el peticionario no ha podido llegar a un acuerdo.

"Camino que va desde el acceso público conocido como camino del Coto de la Isleta hasta los linderos de la finca Caño de la Arena o Arenero, propiedad de ACUIMAR S.A.

La referida vía discurre a través del Coto de la Isleta y la Isleta, pertenecientes al polígono catastral 18 del término de Chiclana de la Frontera (A-1 La Isleta y A-2 El Coto de la Isleta), propiedad, según dicha Oficina Catastral, de Don Luis, Don Francisco y Don José Barberá Campano.

Dichas fincas aparecen inscritas en el Registro de la Propiedad de Chiclana de la Frontera bajo las inscripciones nº 3876 y 4697, con los siguientes titulares.

D. Luis Barberá Campano - c/ Magistral Cabrera, nº 30. Chiclana. D. José Mº Rodríguez Barberá - c/ Jesús Nazareno nº 12 - Chiclana. D. José Galindo Barberá - c/ Mayorazgo nº 8. Chiclana. Dña. Carmen Moreno Reyes, Dña. M.Jesús, Dña. Carmen y D.Juan Rodríguez Barberá.

De los últimos relacionados no ha sido indicado domicilio conocido. La extensión de la servidumbre de paso viene determinada por los siguiente parámetros:

Longuitud = 980 metros.

Anchura media = 1,90 metros.

Superficie total = 20,58 Areas.

Duración = Viene determinada por la vida de la actividad cuya implantación ha generado la concesión de este beneficio. Se justifica la imposición de la servidumbre en tal lugar por: Realizarse un menor recorrido por propiedad privada. La utilización del acceso público y natural y el que menor pertubación supone para el fundo sirviente al no exigir nuevos trazados que modifiquen la estructura del mismo, aprovechando el acceso ya existente a dicha propiedad.

La finalidad de la servidumbre es la de permitir el paso de personas y vehículos desde el camino público -camino del Coto de la Isleta- hasta la propiedad de ACUIMAR, S.A. -Caño de la Arena o Arenero-, (colindante con el fundo sirviente) para la explotación comercial de la piscifactoria que en ella se instalará".

Lo que se hace público a fin de que los afectados por la expropiación de los terrenos descritos a los efectos indicados, antes de los quince días siguientes al de la publicación del presente anuncio, período de información pública, puedan formular por escrito a los efectos determinados en el apartado dos del artículo cincuenta y seis del Reglamento de 26 de abril de 1957, de Expropiación Forzosa, ante está Delegación Provincial de Fomento (Sección de Incentivos Regionales) situada en c/ Buenos Aires nº 4 - 2º planta, de Cádiz, que dará a la misma el tr'amite que señala el artículo 4º del Decreto 2854/1964, de 11 de septiembre.

Cádiz, 16 de abril de 1990.- El Delegado, Antonio Perales Pizarro.