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En el expediente instruido al efecto por dicho Ayuntamiento se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 79.1 y 80 del Real Decreto Legislativo 781
86 de 18 de abril, artículos 109.1, 112.2, 113, 114, 118 y 119 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de 13 de junio, Ley 7/85 de 2 de abril, Ley 6/83 de 21 de julio, Circular de 14 de septiembre de 1951 y demás preceptos de general aplicación. El Decreto 2/79 de 30 de julio, en relación con el artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/81 de
30 de diciembre, confiere a esta Consejería competencias en materia de disposición de bienes de propios de las Corporaciones Locales. En su virtud, al amparo de la legislación invocada y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.4 de la Ley 6/83 del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, he tenido a bien disponer lo siguiente:
Prestar conformidad a la permuta de unos terrenos, de los bienes de propios del Ilmo. Ayuntamiento de Alameda (Málga) por otros pertenecientes a don Juan del Pozo Páez, a fin dar cumplimiento al acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno, ensesión celebrada el día 28 de septiembre de 1989, y cuyas descripciones son las siguientes:
PROPIEDAD MUNICIPAL
Parcela de terreno situada en calle de nueva apertura de la urbanización del Sector P-2 (Urbanización Peñafiel), y que es la núm. 131 con una extensión de 184 m2. Linda por la derecha, entrando desde el Vial C del Plan Parcial con la número 130; por la izquierda con la 132 y al fondo, con José Caño Dorado (Sector P-3). Propiedad del Ayuntamiento de Alameda adquirida en concepto de cesión gratuita realizada por al Urbanizadora del Sector como parte del 10 por 100 del aprovechamiento medio. La valoración es de 1.840.000 ptas.
PROPIEDAD PARTICULAR
Finca propiedad de don Juan del Pozo Páez, sita en calle Miguel de Cervantes con dimensión de 8 por 17 metros y superficie de 136 m2. Linda por la derecha entrando con don Miguel Torres Páez, por la izquierda con don Jesús Gallardo Torralbo y al fondo con don Francisco Sánchez Caño.
La valoración es de 1.360.000 ptas.
Como consecuencia de las distintas valoraciones del Sr. Pozo Páez deberá abonar al Ayuntamiento de Alameda la cantidad de 480.000 ptas.
Sevilla, 20 de abril de 1990
MANUEL GRACIA NAVARRO
Consejero de Gobernación
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