Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 42 de 25/5/1990

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM. DOS DE GRANADA

EDICTO. (PP. 639/90).

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El Magistrado Juez de 1. Instancia número 2 de Granada.

Hace saber: Que en las fechas, y a la hora que se expresará, tendrá lugar en la Sala Audiencia de este Juzgado la celebración de 1. y en su caso, 2. y 3., subasta, de los bienes que se dirán, conforme a lo acordado en los autos de Juicio venta en subasta de finca hipotecada número 1379

89, seguidos a instancia de Banco Hipotecario de España contra D. Francisco Baena Zafra y Dña. María Dolores Osorio Sánchez.

Primera subasta: Día 23 de julio de 1990 a las 12 horas. Servirá de tipo el de valoración que se expresará al final de la descripción de los bienes, no admitiéndose posturas inferiores a las dos terceras partes del tipo.

Segunda subasta: (En su caso). Se celebrará el día 25 de septiembre de

1990 a las 12 horas. Servirá de tipo el 75% de la valoración. No se admitirán posturas inferiores al 50% de dicha valoración.

Tercera subasta: (En su caso). Se celebrará el día 23 de octubre de

1990 a las 12 horas. Sin sujeción a tipo.

Los licitadores deberán consignar previamente, una cantidad no inferior al 20% del tipo en primera y segunda subasta, y el 20% del tipo de 2. en la 3., subasta, pudiendo hacerse el remate en calidad de cederlo a un tercero, con la reserva del art. 1500 Ley E. Civil. Que desde el anuncio de esta subasta hasta el día de su celebración, podrán hacerse posturas, por escrito, en pliego cerrado, depositándolo en el Juzgado, en unión de la cantidad del 20% del importe de los bienes que se subastan, cuyos pliegos se abrirán en el acto del remate. Que los títulos de propiedad, suplidos con certificación del Registro, estarán de manifiesto en Secretaría para que puedan examinarlos los interesados en la subasta, debiendo los licitadores conformarse con ellos sin derecho a exigir ningunos otros, y las cargas y gravámenes anteriores , y los preferentes, si las hubiere al crédito del actor, continuarán subsistentes y sin cancelar, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate.

Dado en Granada, diez de abril de mil novecientos noventa.- El Secretario.

BIENES QUE SE SUBASTAN

Vivienda tipo B. sita en el Olivar Alto, Anejo de Olivares, término de Moclín (Granada), sobre solar de 595 metros y 43 decímetros cuadrados, de los cuales 95 metros y 57 decímetros cuadrados, se han destinado a Calle. Linda Norte, Cortijo Nuevo; Sur, calle en proyecto; Este, D. Antonio Solana Moreno, Carril en medio y Oeste, parcela número uno de la misma propiedad. Dicha vivienda está compuesta de dos plantas de alzado, la baja destinada a local cochera, con superficie útil de 45 y 86 decímetros cuadrados y construidos de 54 metros, 97 decímetros cuadrados ; y la alta en la que se desarrolla la vivienda con diversas habitaciones y servicios, que tiene una superficie útil de 100 metros y 19 decímetros cuadrados. El resto de la parcela se ha destinado a patio o corral. Finca número 10.223, valorada en 5.220.000 pesetas.

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