Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 48 de 8/6/1990

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 25 de mayo de 1990, por la que se convocan plazas de determinadas asignaturas de EEMM para ser cubiertas en régimen de comisión de servicios, durante el curso 90/91.

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La cesión temporal de competencias contenida en el artículo Primero, apartado b) del Decreto 47/88, de 24 de Febrero (BOJA de 22 de Marzo), atribuye a esta Consejería la provisión de puestos de carácter docente.

El artículo Cuarto del Real Decreto 730/86, de 11 de Abril, permite la concesión de Comisiones de Servicio.

En su virtud y en cumplimiento del Acuerdo de 18 de Abril de 1.990 entre la Consejería de Educación y Ciencia y las Organizaciones Sindicales, se convocan, para cubrir en régimen de Comisiones de Servicios, plazas vacantes en Institutos de Enseñanzas Medias entre profesores de E.G.B. y Maestros de Taller licenciados, para el curso 90/91, de acuerdo con las siguientes

BASES

Primera.- Podrán participar los funcionarios del Cuerpo de Profesores de E.G.B. y del Cuerpo de Maestros de Taller de Escuelas de Maestría Industrial, que presten servicios en esta Comunidad Autónoma y que estén en posesión del Título de Licenciado, Ingeniero o Arquitecto.

Segunda.- Los Títulos que se podrán alegar en relación con las asignaturas, son los que se relacionan en el Anexo II a la presente Orden.

Tercera.- El plazo de presentación será de 15 días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. En dicho plazo, los interesados deberán presentar instancia de solicitud conforme al modelo que se adjunta como Anexo I dirigida al Ilmo. Sr. Director General de Personal, en las Delegaciones Provinciales de la Consejería o en cualquiera de las dependencias a que alude el art. 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo y art. 51 de la Ley del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Cada solicitante sólo podrá optar a una asignatura.

Cuarta.- Las plazas que se podrán solicitar serán las que figuran, distribuidas por asignaturas y provincias, en el Anexo III.

Quinta.- A partir del día 25 de Junio la Dirección General de Personal expondráen los tablones de anuncios de las Delegaciones Provinciales la relación provisional de profesores que han obtenido Comisión de Servicios, haciendo constar la asignatura y provincia que les corresponde.

Contra dicha lista podrán los interesados interponer, en el plazo de cinco días naturales a partir de su publicación, las reclamaciones que estimen oportunas, en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación y Ciencia.

La Dirección General de Personal, transcurridos los plazos señalados y examinadas las reclamaciones presentadas, elevará a definitivas las listas provisionales, publicándolas en los lugares ya reseñados.

Los profesores que obtengan la Comisión de Servicios, serán citados por las Delegaciones Provinciales correspondientes para elegir plaza concreta, para el curso 90/91, en la primera quincena de Septiembre.

La Dirección General de Personal dictará las instrucciones oportunas al respecto, dentro de las normas de colocación de colectivos para el citado curso.

Sexta.- Las Comisiones de Servicios concedidas en base a la presente convocatoria, serán por un curso escolar. Podrán ser prorrogadas por igual plazo en próximas convocatorias, por la Dirección General de Personal, a propuesta de las Delegaciones Provinciales correspondientes. En ningún caso la ocupación de la plaza podrá generar derecho alguno de consolidación.

Séptima.- Las retribuciones de este profesorado, que desempeña los puestos en EE.MM., tendrán una cuantía global equivalente a la de Profesores Agregados de B.U.P. y Profesores Numerarios de E.M.I., mientras permanezcan en esta situación.

Octava.- En caso que el número de solicitantes en una asignatura sea superior al número deplazas existentes, se considerará, para conceder la Comisión de Servicios, el mayor tiempo de servicio como funcionario de carrera en el Cuerpo de Profesores de E.G.B. o Maestros de Taller en E.M.I. a la fecha de la convocatoria.

En caso de empate, prevalecerá la mayor antiguedad en el Título alegado como requisito.

Para justificar los anteriores datos los interesados deberán presentar:

a) Fotocopia compulsada del nombramiento como funcionario de carrera.

b) Fotocopia compulsada del Título alegado como requisito o el equivalente en el caso de Música.

c) Certificado de la Delegación Provincial donde presta sus servicios en el que conste los años de servicios prestados desde el nombramiento de funcionario de carrera hasta la fecha de la convocatoria. (modelo de Anexo IV)

Novena.- Una vez publicada la lista de profesores que han obtenido Comisión de Servicios, conforme se establece en el párrafo tercero de la Base Quinta de esta Orden, no se admitirá renuncia alguna.

Décima.- Se faculta a la Dirección General de Personal para el desarrollo y aplicación de la presente Orden.

Undécima.- Contra la presente orden, que entrará en vigor el día siguiente al de su publicación, cabe interponer recurso de reposición conforme a los artículos 52 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa y 126 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

Sevilla, 25 de mayo de 1990

ANTONIO PASCUAL ACOSTA

Consejero de Educación y Ciencia

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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