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De conformidad con lo previsto en el artículo 11 L) del Reglamento General del Instituto de Fomento de Andalucía, aprobado por Decreto 122/
1987 de 6 de mayo de 1990 el Consejo de Gobierno en su reunión del día
8 de Mayo de 1990, ha acordado ratificar el acuerdo del Consejo Rector del citado ente público que a continuación se transcribe: ACUERDO
Que analizada la situación de Alfombras la Alpujarreña S.A. así como el plan de viabilidad que para la misma ha elaborado el Instituto de Fomento de Andalucía y consensuado con los representantes de los trabajadores de dicha empresa, se acuerda lo siguiente:
1º. Con el fin de regularizar y equilibrar la situación de la sociedad, se realizará una reducción a cero de su capital social y ampliación simultánea del mismo a 200 millones de pesetas, que serán suscritos y desembolsados íntegramente a través de Soprea S.A. Esta operación se llevará a cabo en los términos previstos en el plan de viabilidad.
2º. El Instituto concederá un préstamo a la sociedad de referencia de las características siguientes:
Empresa: Alfombras la Alpujarreña S.A.
Tipo de operación : Préstamo
Características del prestamo:
Importe: 150.000.000 ptas.
Plazo de amortización: 7 años
Carencia principal: 2 años
Tipo de interés: 7%
Garantías: Hipotecaria sobre el inmovilizado de la sociedad.
Sevilla, 8 de mayo de 1990
JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA Y CAMOYAN
Presidente de la Junta de Andalucía
JOSE MARIA ROMERO CALERO
Consejero de Fomento y Trabajo
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