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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 10 de noviembre de
1989, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Granada, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 1502/87 promovido por RENFE sobre sanción cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO:
Desestimar el Recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Procuradora Doña Laura Taboada Tejerizo, en nombre y representación de la RED NACIONAL DE LOS FERROCARRILES ESPAOLES (RENFE) contra la resolución de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Trabajo y Bienestar Social de la Junta de Andalucía de 12 de noviembre de 1986, y contra la de la Delegación Provincial de Málaga de 2 de julio de 1986, declarar la competencia de esta jurisdicción para el conocimiento de la cuestión debatida y confirmar los actos mencionados por estar ajustados al Ordenamiento Jurídico, sin hacer declaración sobre costas.
Sevilla, 8 de enero de 1990.- El Secretario General Técnico, A. José Millán Villanueva.
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