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El Juzgado de lo Social núm. 1 de Granada ha dictado Sentencia con fecha
28 de septiembre de 1989, recaída en los Autos números 1407 y 1408/88, seguidos a instancia de Doña María Luisa González Bravo y Don Manuel Soler González contra la Delegación Provincial de esta Consejería en Granada, sobre reclamación de cantidad, en cuya parte dispositiva, literalmente dice:
"Fallo: Estimo la demanda interpuesta por Dª Mª Luisa González Bravo y D. Manuel Soler González contra la Junta de Andalucía Consejería de Hacienda y condeno a dicha demandada a que abone, a los actores la suma de
104.960 pesetas a cada uno. Así por esta mi Sentencia, contra la que no cabe recurso alguno, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo".
En su virtud, esta Consejería de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución y 26.3 de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma, ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la referida Sentencia.
Sevilla, 11 de enero de 1990
ANGEL OJEDA AVILES
Consejero de Hacienda y Planificación
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