Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 55 de 3/7/1990

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura

RESOLUCION de 18 de junio de 1990, de la Dirección General de Bienes Culturales, por la q que se hace pública la convocatoria de 1990 de becas y ayudas de formación e investigación en materia de Patrimonio Histórico.

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Iniciada la política de formación de postgraduados en las áreas objeto de competencia de la Dirección General de Bienes Culturales a través de la Orden de 26 de junio de 1989 (BOJA núm. 54 de 7 de julio), y a la vista de los resultados obtenidos en la convocatoria del pasado año, procede hacer público la oferta de becas y ayudas de formación e investigación en materia de Patrimonio Histórico correspondientes a 1990, de acuerdo con los objetos y criterios establecidos en la citada Orden.

En su virtud, vengo a establecer:

1. Líneas de investigación

Para el presente año se convocan becas en las siguientes líneas de investigación:

BECAS BECAS

LINEAS DE INVESTIGACION España Extranjero 12 meses 12 6 meses

1. Investigación Arqueológica 5 3 3

Analítica

Ciencias y técnicas auxiliares

2. Investigación de Bienes Culturales 6 2 2 Técnicas y ciencias aplicadas a la

Conservación y Restauración

Régimen jurídico y administrativo

Instrumentos de descripción para la

documentación del Patrimonio Histórico

Difusión y didáctica del Patrimonio Hco.

Instituciones del Patrimonio Histórico

(Museos y Archivos)

Creación artística

2. Tipos de becas

A) Becas de Formación e Investigación.

1. España

2. Extranjero.

B) Ayudas para asistencia a Congresos, Seminarios, Encuentros y reuniones de carácter científico.

3. Duración y dotaciones

Las Becas de formación e investigación en España tendrá una duración máxima de 12 meses, pudiendo ser prorrogadas por otro período igual en función de interés del trabajo, rendimiento del becario y disponibilidades presupuestarias. La dotación económica de estas becas y es de 100.000 ptas. mensuales, a excepción de la beca de creatividad artística, cuya dotación es de 120.000 ptas. Las becas de formación e investigación en el Extranjero tendrán una duración de 12 y 6 meses, de acuerdo con lo establecido en el punto segundo, y una dotación de 150.000 ptas. mensuales. Las ayudas de viaje tendrán la duración de la actividad a la que se pretende asistir, no pudiendo superar, en ningún caso, los tres meses.

4. Requisitos, instancias, documentación y plazos. Los requisitos y la documentación a presentar son los establecidos en la Orden de 26 de junio de 1989. Las instancias, de la que no existe modelo oficial, podr'an ser presentadas, junto con el resto de la documentación exigida, hasta el 15 de septiembre de 1990 en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Cultura o en las formas establecidas en el artículo 51 de la Ley 6/1983 de 21 de julio del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

5. Evaluación y selección.

Finalizado el plazo de Admisión, la evaluación y selección de los proyectos se canalizará bajo la coordinación del Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico y se realizará, para cada línea de investigación, por una comisión técnica nombrada al efecto por el Director General de Bienes Culturales.

Si lo entiende necesario la(s) comisión(s) técnica(s) podrá convocar a los solicitantes en cualquier momento del proceso selectivo. La(s) comisión(s) elevará al Director General de Bienes Culturales la propuesta de adjudicación de las becas, quien procederá a la adjudicación de las becas mediante acuerdo motivado.

Una vez hecha públcia la adjudicación, los candidatos seleccionados deberán comunicar mediante escrito dirigido al Director General su aceptación de la misma dentro de los quince días siguientes a la fecha de publicación de la resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, entendiéndose su renuncia a la misma de no resultar tal comunicación. Esta aceptación implica que el becario cede los derechos de publicación de su trabajo a la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía con carácter exclusivo y gratuito.

6. Programa de trabajo y plazos de entrega.

Los becarios vienen obligados a remitir a la Dirección General de Bienes Culturales resúmenes trimestrales de su labor de formación o investigación dentro de los quince días naturales siguientes a la expiración de cada plazo trimestral. El no cumplimiento de este requisito dará lugar a la revocación de la beca.

Para el desarrollo de las conclusiones del trabajo y evaluación del mismo ; el becario deberá elaborar la memoria final de la beca en la sede del Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico, o centro que se designe, en un plazo comprendido entre los 20 y 45 días finales al período de disfrute de la beca.

Sevilla, 18 de junio de 1990.- El Director General, José Guirao Cabrera.

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