Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 56 de 6/7/1990

1. Disposiciones generales

Consejería de Salud y Servicios Sociales

CORRECCION de errores y omisión de la Orden de 19 de junio de 1990, por la que se desarrolla el Decreto 44/1990, de 19 de febrero, sobre integración del personal laboral fijo en Instituciones y Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, en los regímenes estatutarios de la Seguridad Social (BOJA núm. 53, de 26.6.90).

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Publicada en el BOJA número 53 de 26 de junio de 1990, Orden de 19 de junio de 1990, por la que se desarrolla el Decreto 44/1990, de 19 de febrero, sobre integración del personal laboral fijo de Instituciones y Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, en los regímenes estatutarios de la Seguridad Social, y advertida la falta de publicación de los Anexos I, II y III referidos a solicitudes individuales de integración, certificaciones de servicios prestados y solicitud de percepción de complemento específico, respectivamente, así como error en la transcripción del texto.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me están conferidas, esta Consejería ha tenido a bien disponer

Artículo 1. Publicar los Anexos I, II y III de la Orden de referencia donde se determinan los modelos tipo de solicitudes individuales de integración, certificaciones de servicios prestados y solicitud de percepción de complemento específico.

Artículo 2. En el Artículo 6º. 2 de la Orden de referencia donde dice: "Al personal integrado en los regímenes estatutarios de la Seguridad Social se le reconocerán efectos de criterios...", debe decir: personal integrado en los regímenes estatutarios de la Seguridad Social se le reconocerán a efectos de trienios...".

Sevilla, 3 de julio de 1990

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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