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En el expediente instruido al efecto por dicho Ayuntamiento se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 79.2 del Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril, artículos 109.2, 110.1 y 111 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, Ley 7/1985, de 2 de abril, ley 6/1983, de 21 de julio, Circular de 14 de septiembre de 1951, y demás preceptos de general aplicación.
El Decreto 2/1979, de 30 de julio, en relación con el artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/1981, de
30 de diciembre, confiere a esta Consejería competencias en materia de disposición de bienes de propios de las Corporaciones Locales. En su virtud, al amparo de la legislación invocada, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.4 de la Ley 6/1983, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, he tenido a bien disponer lo siguiente:
Prestar conformidad a la cesión gratuita de un solar, propiedad del Excmo. Ayuntamiento de Almería, a fin de dar cumplimiento al acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 9 de octubre de 1989, publicado en el BOP número 142, de 22 de junio de 1989, cuya descripción es la siguiente:
Nombre de la finca "Haza de los Majanos", en el Campo de El Alquián. Tiene una superficie de 81 áreas y 65 centiáreas. Los linderos son los siguientes:
Norte, con tierra de D. Andrés Díaz Rodríguez. Sur, Camino de los Pocillos.
Este, Camino de los Pocillos.
Oeste, Camino de los Pocillos que va a la Barriada de Cuevas de los Medinas y Barranco llamado de El Tano.
Sevilla, 11 de enero de 1990
MANUEL GRACIA NAVARRO
Consejero de Gobernación
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