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La Orden de 28 de julio de 1988 de la Consejería de Agricultura y Pesca, regula el Programa de Formación de Expertos en Acuicultura. En su artículo 3 se dispone que, en aquellos casos en que se realice investigación complementaria y resultara de interés para PEMARES el continuar la actividad, se pueden prorrogar las becas de especialización por períodos de seis meses, hasta un máximo de dos años. En la Resolución de 11 de noviembre de 1988 de esta Dirección General, se establece que en los casos en que la investigación complementaria fuera de especial interés, a propuesta conjunta del Jefe de la Sección Científica y el Jefe de Zona respectivo, con el visto bueno del Gerente de PEMARES, podrá la comisión de Selección y Valoración proponer la prórroga de las becas.
Cumplimentados los requisitos anteriores, y a propuesta de la citada Comisión, reunida el día 9 de julio de 1990, esta Dirección General de Pesca, en virtud de las atribuciones que tiene conferidas,
HA RESUELTO
Prorrogar por seis meses la duración de las Becas del Programa de Formación de Expertos en Acuicultura, convocadas por la Resolución de
11 de noviembre de 1988 de esta Dirección General, que disfrutan los siguientes señores:
Dña. Marina Alcalá Castilla
Dña. María Isabel Carrasco Arrabal
Dña. Marta Carrasco Romero
Dña. Aurora Claver Derqui
Dña. Catalina Fernández Díaz
Don. José Luis García Casado
Dña. Cristina García Díaz
Dña. Carmen Godino Toro
Dña. María Magdalena Hazañas de la Linde
Dña. Margarita Pérez Martín
Don. Vicente Zaragoza Ramírez
Dña. Estrella Távora Palazón
Don. Pedro Vera López
Sevilla, 10 de julio de 1990.- El Director General, Fernando González Vila.
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