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El Juzgado de lo Social número Ocho de Sevilla, ha dictado Sentencia "In Voce" número 87
90, recaída en los Autos número 410/90, con fecha 12 de los corrientes, seguidos a instancias de Doña María Dolores Bulnes Baena que ha prestado su trabajo en los Servicios Centrales de esta Consejería , sobre reclamación de cantidad, juntamente con otro personal cuya relación de trabajo lo ha sido en otras Consejerías, así como en la Agencia del Medio Ambiente de la Junta de Andalucía; transcribiéndose su parte dispositiva, pero en lo que solo afecta a la actora indicada, a los fines de su cumplimiento, que dice:
"Fallo: Estimando la demanda interpuesta por la actora, debo condenar y condeno a que la Consejería de Hacienda y Planificación de la Junta de Andalucía, abone a María Dolores Bulnes Baena 210.140 Ptas. Notífiquese esta resolución a las partes, con entrega de copia, advirtiéndoles que contra la misma no cabe recurso alguno".
En su virtud, esta Consejería de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución y 26.3 de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, ha tenido a bien disponer se cumpla, en sus prpios términos, la referida Sentencia, en lo que afecta a esta Consejería, respecto a la persona que se indica en el Fallo anteriormente descrito.
ANGEL OJEDA AVILES
Consejero de Hacienda y Planificación, en funciones
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