Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Los municipios de Alboloduy, Alhabia, Alsodux y Santa Cruz de Marchena, todos ellos de la provincia de Almería, acordaron proceder a la constitución de agrupación para el sostenimiento en común de un puesto único de Secretaría en las sesiones plenarias celebradas por sus respectivos Ayuntamientos los días 9 de febrero, 8 de febrero, 9 de febrero y 8 de febrero de 1990.
Con este propósito se ha instruido el preceptivo expediente que ha sido tramitado de conformidad con lo dispuesto por los artículos 161 del Real Decreto Legislativo 781
86, de 18 de abril, 10 del Real Decreto 1174/87 de
18 de septiembre, y demás normativa aplicable. El artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía en relación con el Decreto 14/84 de 28 de enero, confiere competencias a esta Consejería en materia de Régimen Local.
En su virtud, al amparo de la legislación invocada y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.4 de la Ley 6/83, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, he tenido a bien disponer lo siguiente:
Artículo Unico. Se acuerda la agrupación para el sostenimiento en común de un puesto único de Secretaría entre los municipios de Alboloduy, Alhabia, Alsodux y Santa Cruz de Marchena, todos ellos de la provincia de Almería.
Sevilla, 19 de julio de 1990
MANUEL GRACIA NAVARRO
Consejero de Gobernación, en funciones
Descargar PDF