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En el expediente instruido al efecto por dicho Ayuntamiento se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 79.1 y 80 del Real Decreto Legislativo 781
86, de 18 de abril, artículos 109.1, 112.2, 113, 114, 118 y 119 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, de 13 de junio de
1986, Ley 7/1985 de 2 de abril, Ley 6/1983 de 21 de julio, Circular de 14 de septiembre de 1951, y demás preceptos de general aplicación. El Decreto 2/1979, de 30 de julio, en relación con el artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/1981 de 30 de diciembre, confiere a esta Consejería competencias en materia de disposición de bienes de propios de las Corporaciones Locales. En su virtud, al amparo de la legislación invocada, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.4 de la Ley 6/1983, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, he tenido a bien disponer lo siguiente:
Prestar conformidad a la permuta de dos fincas, de los bienes de propios del Ilmo. Ayuntamiento de Los Palacios y Villafranca (Sevilla), por otra propiedad de D. Vicente Parejo Romero, a fin de dar cumplimiento al acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día
18 de abril de 1990, y cuyas descripciones son las siguientes:
PROPIEDAD MUNICIPAL
a) Finca sita en C/ Giralda del terreno denominado "Los Ratones", posee forma rectangular, con una superficie de 462 m2, un frente de 26,40 m., y un fondo de 17,50 m. Linda: Al Norte, con calle de nueva formación; Este, Manuel Algarían Bernal; Sur, con finca propiedad de este Ayuntamiento; Oeste, con C/ Giralda. La presente finca es una segregación de la finca matriz inventariada con el número 91 del apartado A) Bienes Urbanos, del Epígrafe Primero: Inmueble, del Inventario General del Patrimonio de este Ayuntamiento. La valoración es de 6.930.000 ptas.
b). Finca sita en C/ Giralda, posee una superficie de 123 m2, con un frente de 7,00 m., y un fondo de 17,50 m. Linda: Al Norte con terrenos propiedad de DUPLEXCA, S.A.; Este, Manuel Algarín Bernal; Sur, con finca propiedad de este Ayuntamiento; Oeste, con C/ Giralda. La presente finca es una segregación de la finca matriz inventariada con el número 92 del apartado A) Bienes Urbanos, del Epígrafe Primero; Inmuebles, del Inventario General del Patrimonio de este Ayuntamiento. La valoración es de 1.845.000 ptas. La valoración total es de 8.775.000 ptas.
PROPIEDAD PARTICULAR
Finca sita en Avda, del Horcajo, número 2, posee forma rectangular, con una superficie de 585 m2. Linda: al Norte, con Avda. del Horcajo; Este, con finca número 4 de la Avda. del Horcajo; Oeste, con terrenos del Pabellón Municipal; Sur, con finca sita en Avda. del Horcajo número 8. Está clasificada como suelo no urbanizable por el vigente Plan General. La valoración es de 8.775.000 ptas.
Sevilla, 20 de julio de 1990
MANUEL GRACIA NAVARRO
Consejero de Gobernación, en funciones
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