Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 68 de 10/8/1990

3. Otras disposiciones

Consejería de Fomento y Trabajo

RESOLUCION de 23 de julio de 1990, de la Delegación Provincial de Granada, autorizando el establecimiento de la instalación eléctrica que se cita.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Visto el expediente incoado en esta Delegación cuya descripción se reseña a continuación solicitando autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración, en concreto, de utilidad pública y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en los Capítulos III, del Decreto 2617/66, de 20 de octubre sobre autorización de instalaciones eléctricas, Decreto 2619/66, Ley 10/66, de Acuerdo con lo ordenado en la Ley de 24 de noviembre de 1939, sobre ordenación y defensa de la industria y vistas las funciones que nos competen, según el apartado 9 del artículo 2º del R.D. 1091/81, de 24 de abril (BOE de 11.6.81), sobre traspaso de competencias, funciones y servicios a la Junta de Andalucía en materia de industria y energía; y el artículo 5º del Decreto de la Presidencia de la Junta de Andalucía de

3.8.81 (BOE de 2.12.81), sobre distribución de tales competencias. Esta Delegación Provincial ha resuelto autorizar administrativamente y aprobar el proyecto de ejecución de la siguiente instalación eléctrica:

Peticionario: Cía. Sevillana de Electricidad, S.A. Domicilio: Granada -Escudo del Carmen 31.

LINEA ELECTRICA

Origen: Línea a C.T. Pedroche.

Final: Centro de transformación Urbanización MOPU. Términos municipales efectados: Puebla de Don Fadrique. Tipo: Aréa y subterránea.

Longitud en km.: 0,292 y 0,015.

Tensión de servicio: 15/20 KV.

Conductores: Al.Ac. de 54`6 mm2 y Al de 1x150 mm2 aislamiento.

12/20 KV.

Apoyos: Metálicos.

Aisladores: Cadena 3 elementos.

Potencia de transportar: 6.990 KVA.

Procedencia de los materiales: Nacionales. Presupuesto: 1.924.900 pesetas.

Finalidad: Suministro de energía eléctrica a Urbanización promovida por el MOPU

Referencia: 4618/A.T.

Las obras se ajustarán en lo que no resulte modificado por la presente resolución o por las pequeñas variaciones que, en su caso, puedan ser autorizadas, al proyecto presentado, con las obligadas modificaciones que resulten de su adaptación a las instrucciones de carácter general y Reglamentos vigentes, quedando sometidas las instalaciones a la Inspección y vigilancia de esta Delegación Provincial. Se observarán los condicionados emitidos por Ayuntamiento de Puebla de D. Fradrique y Telefónica de España, S.A.

El plazo de puesta en marcha será de tres meses. El peticionario dará cuenta por escrito del comienzo y terminación de las obras, a efectos de reconocimiento y extensión del acta de puesta en marcha.

Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación que se autoriza a los efectos que determina la Ley 10/66, de 18 de marzo, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas y su Reglamento aprobado por Decreto 2619/66, de 20 de octubre.

Granada, 23 de julio de 1990.- El Delegado, José A. Pérez de Rueda.

Descargar PDF