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Para general conocimiento se hace público en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada, en fecha 7 de mayo de 1990, por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, resolviendo el Recurso núm. 838/88, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor literal:
Fallo: "1. Se desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador D. Carlos Alameda Ureña, en nombre de D. Miguel Angel Díaz Guerrero, contra la Resolución de la Consejería de Gobernación de
9 de marzo de 1988, desestimatoria del recurso de reposición formulado por el recurrente contra las cuatro resoluciones del mismo órgano (tres de ellas de fecha 8 de mayo de 1987 y la cuarta de 11 del mismo mes y año), sobre denegación de compatibilidad; y en consecuencia se confirman los actos administrativos impugnados por ser ajustados a Derecho.
2. No se hace especial pronunciamiento sobre las costas causadas. Luego que sea firme esta sentencia, y con testimonio de ella, devuélvase el expediente administrativo al Centro de Procedencia".
Sevilla, 10 de septiembre de 1990.- La Secretaria General, Carmen Capitán Carmona.
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