Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 81 de 28/9/1990

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ORDEN de 30 de julio de 1990, por la que se hace pública la relación de subvenciones concedidas al amparo de la de 22 de septiembre de 1989.

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Iltmos. Sres.:

El régimen de concesión de subvenciones para renovación y modernización de vehículos de servicio público de transporte por carretera en Andalucía y para la instalación o modernización de sus elementos auxiliares o accesorios se reguló mediante Orden de 22 de septiembre de 1989 (BOJA núm. 85 de 21 de octubre de 1989). La Ley 2/1990 de Presupuestos para la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA núm. 12 de 6 de febrero) en su artículo decimotercero punto uno y cuatro, establece los criterios que deben reunir las ayudas y subvenciones concedidas con cargo a los presupuestos de este Ente Autonómico. Por todo ello, en virtud de lo establecido en el art. 13.1 y 4 de la referida Ley 2/90; el artículo 9º de la Orden de este Organismo, de fecha

22 de septiembre de 1989, por esta Consejería se ha dispuesto lo siguiente:

Primero. Conceder las siguientes subvenciones:

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

Segundo. Para el abono de la subvención, una vez concedida, será requisito imprescindible presentar la documentación que se apunta en el art. 7º de la mentada Orden. Por otra parte se ha de guardar en todo caso el plazo que el art. 9º de la norma aquí referenciada establece como obligatorio para efectuar la inversión.

Por último y de acuerdo con el art. 3º de la Orden de 22 de septiembre es requisito esencial para proceder al cobro de la ayuda, no tener pendiente de pago ninguna sanción grave o muy grave por infracciones a la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres. Para el pago efectivo de las subvenciones anteriormente relacionadas deben cumplirse todos y cada uno de los requisitos establecidos en la Orden de

22 de septiembre de 1989.

Tercero. Se autoriza al Director General de Transportes a dictar cuantos actos y disposiciones sean necesarios para la ejecución de la presente Orden, que entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Lo que comunico a VV.II. para su conocimiento y efectos.

Sevilla, 30 de julio de 1990

JUAN JOSE LOPEZ MARTOS

Consejero de Obras Públicas y Transportes

Ilmos. Sres.: Viceconsejero, Secretario General Técnico y Director General de Transportes.

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