Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 81 de 28/9/1990

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ORDEN de 8 de septiembre de 1990, por la que se subvenciona al Ayuntamiento de Santa Fe con la cantidad de cincuenta y un millones ochocientas setenta y cuatro mil pesetas, con destino a la ejecución del Programa Colón 92.

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Ilmos. Sres.:

A la vista del expediente instruido por la Secretaría General Técnica en ejecución del Convenio de Cooperación entre la Junta de Andalucía y el Excmo. Ayuntamiento de Santa Fe por el que se establece el alcance y desarrollo del Programa Colón 92 para el municipio de Santa Fe, constando entre otros extremos, la necesidad de financiar al citado Ayuntamiento, con base en las actuaciones definidas por las Comisiones de Desarrollo y Seguimiento de este Programa y atendiendo a lo establecido en el Artículo

13 párrafo 3º de la Ley 2/90, de 2 de febrero, de Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el ejercicio 1990, en relación con el carácter específico de la subvención por razón de su objeto y en virtud de las facultades otorgadas por el Artículo 10-b de la Ley General

5/1983 de 19 de julio, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma Andaluza, por esta Consejería se ha resuelto lo siguiente:

Primero: Conceder una subvención de cincuenta y un millones ochocientas setenta y cuatro mil (51.874.000 Pts) Pesetas, al Ayuntamiento de Santa Fe, con la finalidad de financiar la actuación denominada Complejo V Centenario. Adquisición de Suelo en Complejo V Centenario.

Segundo: El importe de la subvención no podrá ser destinado a finalidad ni actividad distinta de la indicada en el punto anterior. Su incumplimiento obligará a la devolución de los fondos percibidos.

Tercero: El abono de la subvención se hará efectivo mediante un único libramiento de cuya recepción se acusará recibo, aportándose por el Ayuntamiento en el plazo de 15 días, certificación de la Intervención, conforme a lo establecido en el Artículo 38 del Reglamento de la Intervención de la Junta de Andalucía (Decreto 149/88, de 5 de abril, BOJA n. 45 de 10 de junio), en relación con el Artículo 53.4 de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Para proceder el abono de la subvención será necesario la presentación de certificación del Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento aprobando la adquisición.

La justificación de la inversión realizada habrá de efectuarse en el plazo de tres meses a partir de la recepción de la subvención, mediante aportación de copia simple de la escritura pública de compraventa.

Cuarto: La presente Orden se hará pública en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para general conocimiento.

Lo que comunico a VV.II. para su conocimiento, notificación al Ayuntamiento de Santa Fe y demás efectos.

Sevilla, 8 de septiembre de 1990

JUAN JOSE LOPEZ MARTOS

Consejero de Obras Públicas y Transportes

Ilmos. Sres.: Viceconsejero, Secretario General Técnico y Delegado Provincial de Granada.

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